Antes del jueves 5 y con el cobro de los salarios de septiembre, a los trabajadores en relación de dependencia se les devolverán el proporcional del medio aguinaldo de la retención del impuesto a las Ganancias que les efectuaron en julio y agosto. El importe debe figurar en el recibo de sueldo como “Devolución Decreto N° 473/23”.
Además, se les debe devolver la segunda cuota por la suba de escalas del impuesto del Decreto 415/2023. La primera devolución fue con los sueldos de agosto.
Ambos beneficios suman una mejora del salario de bolsillo del 7% al 11%, dependiendo del nivel de salario.
Con el sueldo de octubre que se percibe a fin de mes o comienzos de noviembre, esos trabajadores dejarán de pagar Ganancias por la vigencia del piso salarial a 15 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).
Impuesto a las Ganancias: cuánto hay que pagar desde octubre y qué pasa con el aguinaldohttps://t.co/qj4wB478dg pic.twitter.com/G7VC9lrG69
— misionesonline.net (@misionesonline) October 3, 2023