Elecciones en Paraguay | El Tribunal Electoral aplicará multas a quienes no voten en las elecciones generales

Desde el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) señalaron que se aplicarán multas a quienes no ejerzan su derecho de votar en las próximas elecciones generales, previstas para el 30 de abril. Luis Alberto Mauro, asesor de la mencionada institución, detalló que el monto de la multa es de G. 98.000.

“Tenemos un reglamento que se va a establecer en estas elecciones, la última ley nos autorizó y estamos viendo con Ministerio de Hacienda para ver la forma de efectivizar la multa”, explicó a la 1020 AM. No obstante, aclaró que hay ciertas situaciones por las que el votante será exceptuado del pago de la multa.

“Hay casos en que las personas no votan porque tienen compromisos como viajes al exterior por algún curso o seminario, si ese es el caso, basta con presentar una constancia de que participó”, detalló Luis Alberto Mauro.

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Por otro lado, explicó que si por cuestiones laborales, el votante se trasladó a más de 50 kilómetros de su lugar de residencia, tampoco se aplicará la multa, por lo que el votante está eximido de sufragar. Los recursos que se recauden a partir de la aplicación de las multas, se destinan al fondo de capacitaciones de la Justicia Electoral, manifestó.

Ley seca

La venta de bebidas alcohólicas estará prohibida desde las 19:00 horas del sábado 29 de abril, sostuvo Luis Alberto Mauro, haciendo referencia a la aplicación de la “ley seca” en los comicios generales. “Nadie puede vender ni expedir bebidas alcohólicas doce horas antes de la votación, es decir, desde las 19:00 horas de la víspera de las elecciones”, aseveró.

Añadió que también estarán prohibidos los actos públicos como conciertos, encuentros deportivos, entre otros y que la venta de bebidas alcohólicas estará habilitada nuevamente al paso de una del término de la jornada electoral.

“Las fiestas privadas se pueden hacer, se puede festejar un cumpleaños, se puede realizar una boda, las reuniones privadas no están prohibidas. Una boda puede tener 200 o 300 invitados, pero siempre se considera privada porque allí las personas asisten porque están invitadas y eso le da carácter de privado” indicó.

(Fuente: Más Encarnación)

 

 

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