Mañana trágica en Posadas | Identificaron al hombre que falleció tras un fuerte choque en la avenida Alem 

El siniestro ocurrió a primeras horas de este miércoles, sobre la avenida Leandro N. Alem de Posadas. Uno de los conductores falleció en el acto, mientras que el otro fue trasladado al hospital Ramón Madariaga. 

De acuerdo a datos previos, alrededor de las 6:20 horas, Hugo Paiva circulaba por la mencionada avenida al mando de un Ford Ka e iba acompañado por dos mujeres, cuando por razones que se tratan de establecer, habría colisionado contra un Volkswagen Gol trend que era conducido por otra mujer. 

Producto del impacto, el conductor del Ford Ka murió al instante, en tanto que las acompañantes y la conductora del otro rodado resultaron heridas y fueron trasladadas hasta el Hospital Madariaga.

En el lugar trabajó la Policía Científica, la Comisaría 16ta, junto al bioquímico y el médico policial. Interviene en el hecho el Juzgado de Instrucción nro. 7 de Posadas.


 

El STJ ratificó la condena al ingeniero posadeño que incumplió la asistencia familiar

El Superior Tribunal de Justicia (STJ-Misiones) ratificó la condena de dos años de prisión en suspenso para un ingeniero civil de 51 años de Posadas por incumplimiento de la cuota alimenticia de sus hijos, que acordó cumplir con el Juzgado de Familia 1 en el año 2018.

La sentencia en contra del encartado se produjo en noviembre de 2021 y fue dictada por el Tribunal Unipersonal, presidido por la jueza Correccional y de Menores 1, Marcela Leiva. La fiscal del caso fue la Doctora María Laura Álvarez.

Tras el debate, Darío Alejandro R. L. fue condenado a la “pena de dos años de prisión en suspenso, con costas, como autor penalmente responsable del delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, de conformidad al artículo 1 de la Ley No 13.944, complementaria al Código Penal “.

Además, el Tribunal impuso al ingeniero una serie de reglas a cumplir por el tiempo que dure la condena a saber: A) No cometer nuevos delitos; B) fijar residencia dentro del radio del Juzgado y dar aviso en caso de cambio de domicilio; C) prohibición de salida del país por el tiempo de la condena; D) abstenerse de consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas; y E) realizar un tratamiento psicológico, el cual deberá acreditar con una constancia trimestral ante éste Juzgado, de conformidad a lo dispuesto por el art. 27 bis del Código Penal. Hacer lugar a la acción civil por daños.

Este fallo fue apelado por el denunciado en primera instancia ante la Cámara de Casación, recurso que fue rechazado; y ante el STJ, que también denegado por unanimidad de los integrantes del máximo Tribunal de Justicia provincial.

En su resolución, el STJ determinó que “condenado debe hacer el resarcimiento con dinero del daño causado”, por incumplimiento de dos años de la cuota de sus hijos, impuesta en aquel entonces de 8.000 pesos.

Su ex pareja, una empleada municipal, debió abandonar –con sus hijos- la casa familiar que compartía con el acusado en el barrio Terrazas de Itaembé Miní y hace frente ella sola de la crianza de los menores.

Durante el debate, la fiscal Álvarez manifestó que “en enero de 2019, cuando el imputado empieza a omitir dolosamente sus obligaciones alimentarias con sus hijos (…) La señora Blanco se retira de su hogar y va a alquilar un 2×2 por la calle Morcillo. El señor se quedó con la casa, pileta y quincho en Itaembé Miní”.

Cuestionó que “en el 2020 con la pandemia está la omisión dolosa y deliberada: no sólo se compró una Ford Ranger 2020 cero kilómetro, sino que la pandemia paralizó todo y hubo faltantes de ladrillos y cemento, y todo el mundo como no podía salir se dedicó a reformas en su casa. Fue cuando más demanda de trabajo se registró en la construcción”; además, denunció que el acusado se fue de vacaciones al exterior”.

Finalmente, la fiscal Álvarez remarcó que “la señora alquiló para vivir y jamás impidió un régimen de comunicación y contacto de sus hijos con el padre. Es empleada pública, los chicos no tienen vacaciones desde el 2018 y viven en un departamentito”.

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