“Hacer RCP no es un delito, salva vidas”, recuerdan desde la Federación Argentina de Cardiología

Durante el juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa, la defensa de los imputados cuestionó las maniobras de RCP que una joven practicó a la víctima luego del violento ataque. Desde la Federación Argentina de Cardiología repudiaron estas declaraciones y aseguraron que “el RCP difícilmente puede causar más daño del que ya tiene la víctima”.

Desde la Federación Argentina de Cardiología cuestionaron las declaraciones de la defensa de los rugbiers imputados por el crimen de Fernando Báez Sosa. Y aseguraron que las maniobras de RCP son fundamentales para salvar vidas.

“Las maniobras de RCP difícilmente pueden causar más daño del que ya tiene la víctima, ya que las mismas se realizan cuando no se constatan signos vitales, eso significa que hay detención circulatoria, en ese momento la victima está muerta y lo que se intenta es rescatarla”, explicaron a través de un comunicado.

Fernando Báez Sosa

“Declaraciones como las que realizaron llevan a la persona lega a temer brindar asistencia, no tienen en cuenta que la ley 27159 en su artículo 11 exime a la persona interviniente de responsabilidad civil, penal o administrativa derivadas del cumplimiento de la misma”, agregaron.

Además, recordaron la importancia del “trato cuidadoso de un tema tan importante para la sociedad e instamos a las partes a investigar en forma exhaustiva antes de emitir declaraciones cuyo impacto va más allá de esta instancia judicial llegando a comprometer y atrasar el trabajo de muchos años”.

El comunicado completo

La Ley siempre va a estar de tu lado, elegí seguir dando vida con tus manos

La Federación Argentina de Cardiología a través dela Secretaria Nacional de Reanimación Cardiopulmonar (RCP) y Espacios Cardio asistidos, viene trabajando desde hace muchos años en el desarrollo de una Red Nacional que lleve el conocimiento de Reanimación Cardiopulmonar a cada rincón del país, objetivo muy difícil pero que es el fin supremo de esta entidad científica, en ese derrotero nos encontramos con múltiples barreras para concretarlo.

 Hace pocos meses recibíamos con mucha satisfacción la instrumentación de la ley 27.159 y el inicio del trabajo en conjunto con otras sociedades, coordinado por la Dirección Nacional de Emergencias Sanitarias (DINESA) para la creación de un registro de instructores de RCP Nacional y registro de cardiodesfibriladores automáticos (DEA), con el fin de lograr que la formación en RCP este unificada y acreditada adecuadamente, un paso muy importante para mejorar supervivencia de la Parada Cardiaca.

Lamentablemente en este momento volvemos a encontrarnos con dificultades. Es por toda la comunidad conocido que durante el juicio por los hechos lamentables ocurridos en Villa Gesell, donde perdió la vida un joven de 19 años, en las declaraciones de la defensa, las maniobras de RCP fueron cuestionadas y en forma implícita la colocan como probable causa del fallecimiento.

La Federación Argentina de Cardiología se ve obligada a emitir una opinión al respecto:

1- La maniobras de RCP difícilmente pueden causar más daño del que ya tiene la víctima, ya que las mismas se realizan cuando no se constatan signos vitales, eso significa que hay detención circulatoria, en ese momento la victima está muerta y lo que se intenta es rescatarla.

2- Declaraciones como las que realizaron llevan a la persona lega a temer brindar asistencia, no tienen en cuenta que la ley 27159 en su artículo 11 exime a la persona interviniente de responsabilidad civil, penal o administrativa derivadas del cumplimiento de la misma.

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