Apelan la excarcelación a un joven acusado de violar una estudiante en Jardín América

La Fiscalía de Jardín América y la querella apelaron la eximición de la prisión preventiva otorgada al joven de 22 años (hijo de un ex intendente de General Urquiza), imputado junto a un amigo –prófugo de la Justicia- por “abuso sexual con acceso carnal agravado” a una estudiante de 19 años, hecho ocurrido el 6 de septiembre de 2020 en aquella ciudad.

La víctima fue drogada, violada y golpeada en un departamento de la ciudad, a la salida de una fiesta, por dos jóvenes; uno de ellos Gianluca G. preso y el otro, Hernán M., prófugo desde conocido el hecho, con pedido de captura internacional.

El juez de Instrucción de Puerto Rico, Leonardo Manuel Gómez Balanda, en subrogación con su par de Jardín América, Roberto Sena, dispuso el levantamiento de la prisión preventiva al imputado, hecho que fue cuestionado por la querella.

Atento a ello, el fiscal de la Cuarta Circunscripción Judicial (Jardín América), Jorge Francisco Fernández, apeló la resolución del juez de Puerto Rico por entender que “existen riesgos procesales”, con el reo en libertad. Ahora, es la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia, quien deberá resolver la cuestión.

Además, días antes de la feria judicial, la Fiscalía elevó el Requerimiento de Elevación a Juicio la causa, que se corrió traslado a la defensa del imputado, por parte del juez subrogante.

En su apelación, el fiscal Fernández manifiesta que “la resolución (del juez Gómez Balanda) resultó apresurada, no tuvo en cuenta los parámetros de los riesgos procesales señalados, oportunamente, en la prisión preventiva y que no fueron apelados por la defensa”.

“Quedó debidamente acreditada la acción antijurídica y culpable del imputado. La conducta deliberada de burlar la norma, sin límites ninguno, tal como queda expuesto en las distintas pruebas obrantes en la causa”, sostuvo.

Asimismo expresó Fernández en el escrito que “la maniobra dirigida por el sujeto (acusado) describe cuál es su actitud peligrosa, surge estampada en el accionar desaprensivo contra la víctima, en este caso es una mujer bajo los efectos de bebidas alcohólicas y de estupefacientes, sin posibilidad de defenderse y mucho menos consentir el ataque sexual de los co-encartados. Además de la violencia física fue amedrentada posteriormente para que no realice la denuncia”.

Remarcó que “en tono a la situación procesal del encartado, cabe el análisis de la posible imposición de pena de cumplimiento efectivo, lo cual es convicción de la Fiscalía que el mismo no estará a disposición del llamado de la Justicia para comparecer en juicio”.

El fiscal Fernández solicitó al juez Gómez Balanda y a la Cámara de Apelaciones; “resolver bajo el enfoque de la perspectiva de género, siendo la herramienta analítica es una obligación derivada de la ratificación por parte de Argentina de los instrumentos internacionales de derechos humanos, como la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (OEA 1994) y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (ONU 1979)”.

Finalizó diciendo que esta excarcelación “causa un gravamen irreparable, vulnera garantías constitucionales y pone en crisis el fundamento y pilar rector del debido proceso en cumplimiento de leyes penales y reglas de procedimiento”.

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