La Justicia rechazó el amparo contra el pase sanitario que presentó un diputado de Juntos por el Cambio en Misiones, y consideró “ambiguo” su relato

La iniciativa promovida por el vicepresidente de la Cámara de Diputados de la provincia, Horacio Loreiro, “no acredita legitimación para iniciar la acción”, argumenta la resolución judicial.

El pasado mes de enero, el legislador obereño, miembro del Pro e integrante del interbloque Juntos por el Cambio en el Cámara de Diputados, promovió una acción de amparo contra el uso del pasaporte sanitario, dispuesto por el gobierno provincial.

La medida cuestionaba la resolución conjunta emitida por el ministerio de Gobierno y de Salud de Misiones, que comenzó a implementarse en enero de este año. En ella, se exigía como requisito obligatorio a partir de las 8 horas del 1 de enero de 2022, el esquema de vacunación completo contra el Covid 19, aplicada con 14 días de antelación a la asistencia de algún evento a mayores de 13 años.

Para acreditar la inmunización, las autoridades estaban habilitadas a exigir el carnet sanitario físico o mediante la App Alegra Med.

En la presentación de Loreiro, junto a otros legisladores, plantearon que la decisión del gobierno misionero, “lesiona de manera manifiesta, arbitraria e ilegal, derechos constitucionales, que me afecta en lo personal y a todo el conjunto de personas que, por razones de diversa índole, configuran la categoría de personas voluntariamente no vacunadas contra el Covid 19”

Tras el estudio de la presentación realizada por Horacio Loreiro, la justicia resolvió que la misma, “no acredita legitimación para iniciar la acción”.

La resolución judicial amplía que “no queda acreditado que el acto sea lesivo. No es claro respeto al perjuicio que le causan las normativas cuestionadas. El relato o exposición de los hechos posee una tamaña ambigüedad y abstracción de la que no se puede desprender la verdadera lesión”.

“En todo momento alude a cuestiones de terceros y totalmente hipotéticas e incluso abstractas”, argumentan en la decisión judicial.

Horacio Loreiro, diputado JXC

Tampoco encontró el magistrado, en las Resoluciones cuestionadas, “ninguna ilegalidad o arbritariedad manifiesta. Las resoluciones, fueron dictadas conforme la Ley XVII Nº 118 que justamente en su Capítulo IV expresamente regula el Pasaporte Sanitario. Y no atacó la constitucionalidad de esa ley”.

“El juez compartió los fundamentos normativos que motivaron el dictado de las resoluciones firmadas conjuntamente por los ministros de Gobierno y de Salud de la Provincia de Misiones”, finaliza el escrito del juez.

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