Comenzaron los sumarios por plantar yerba mate sin autorización del INYM

El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) comenzó esta semana a notificar de las imputaciones a cuatro operadores que no habían presentado la solicitud correspondiente para incorporar nuevas plantas de yerba mate en sus parcelas. Esto en el marco de la Resolución 170 que limita las plantaciones del sector.

“Los sumarios que se están labrando son el resultado de las acciones de control que estamos llevando adelante por medio del área de Fiscalización del Instituto, en el marco de la Resolución 170”, destacó Marcelo Hacklander, director por el sector de la Producción y secretario de la subcomisión de Fiscalización.

Cabe recordar que la mencionada Resolución 170/2021 habilita a todos los productores a incorporar anualmente cinco hectáreas nuevas, a implantar hasta el 2% de la superficie ya declarada y a reponer las plantas secas o muertas de su yerbal. En todos los casos los operadores deben informar al INYM, solicitando la autorización correspondiente con una anticipación mínima de 30 días.

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“Es importante reiterar que la Resolución 170 se encuentra en plena vigencia y que estamos efectuando los controles pertinentes en toda la zona productora”, señaló el subgerente de Fiscalización, César López.

Una vez que concluya la etapa de sumarios, el INYM podrá imponer a los infractores las multas y sanciones previstas en la Resolución 170.

Desde el INYM recuerdan que los productores deben informar antes de realizar nuevas plantaciones o replantes de yerba mate

El INYM recuerda a todos los productores que se encuentra en plena vigencia la Resolución 170/2021 por lo cual deberán informar al INYM antes de efectuar replantes de yerba mate o la incorporación de nuevas plantaciones.

La solicitud del INYM para realizar nuevas plantaciones o replantes de yerba mate tiene que ser presentada con una anticipación mínima de 30 días, indicando el punto GPS donde se efectuará la actividad.

En ese sentido, cabe señalar que la mencionada Resolución establece que a partir de enero de 2022 todos los productores inscriptos podrán incorporar hasta 5 hectáreas de nuevas plantaciones. Además, podrán implantar anualmente hasta el 2% de las superficies de yerbales ya existentes y declarados ante el INYM, y estarán habilitados para reponer todas las plantas secas o muertas dentro de un lote ya declarado, sin alterar la densidad original de la plantación.

Todo Operador inscripto en la categoría PRODUCTOR, interesado en realizar nuevas plantaciones de yerba mate, replante o reposición, en el marco de lo establecido deberá cumplimentar con los siguientes requisitos:

  1. a) Estar inscriptos en el Registro de Operadores del Sector Yerbatero en la categoría PRODUCTOR.
  2. b) Solicitar al INYM la autorización para realizar una nueva plantación de yerba mate, o replante en su caso, informando la superficie a implantar, con una anticipación mínima de 30 días.
  3. c) Indicar el punto GPS de las nuevas plantaciones o replantes de yerba mate.
  4. d) Presentar ante el INYM la autorización de ingreso de los funcionarios a la propiedad en la que se realizará la nueva plantación o el replante.

En su articulado la Resolución 170 también determina las sanciones y las multas que se aplicarán a los operadores que realicen nuevas plantaciones sin autorización del INYM o que superen la superficie autorizada.

Cabe destacar que la Resolución 170 fue ratificada por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP), en la cual se manifiesta una plena coincidencia con los argumentos formulados por el INYM.

El Plan Estratégico 2013-2028 para la Yerba Mate Argentina busca hacer realidad “una actividad yerbatera con la mayor cantidad de actores, competitiva, socialmente responsable, equitativa y ambientalmente sustentable, que ofrezca al mundo productos naturales, genuinos y de calidad, por lo que se propone una medida encaminada hacia ese objetivo”.

 

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