De cuánto sería el aumento de las jubilaciones que se anunciará en los próximos días y se aplicará en marzo

Mañana se conocerá un dato de variación salarial del aumento de las jubilaciones, decisivo para calcular el reajuste de los haberes; la suba, que sería no inferior a 11%, alcanzará también a las pensiones no contributivas, los pagos por hijo y los aportes que hacen los autónomos y un grupo de asalariados. 

El aumento de las jubilaciones, las pensiones y otras prestaciones sociales que se aplicará el próximo mes sería de entre 11% y 13%, según estimaciones realizadas por especialistas en el tema consultados por LA NACION. Mañana, jueves, se conocerá qué evolución tuvo en diciembre el índice salarial elaborado por el Indec. Es el último dato que falta conocer de los que integran el cálculo de las actualizaciones y son publicados periódicamente.

La fórmula de movilidad previsional incluida en la ley 27.609, aprobada en diciembre de 2020, incluye, entre sus componentes, la variación interanual que tuvo en un determinado trimestre la recaudación de los impuestos con los que se financia parcialmente el pago de las prestaciones, medida por beneficiario, y la evolución trimestral de los salarios según uno de dos índices oficiales (se elige el que haya tenido la mayor suba en el período en cuestión). Para calcular el reajuste de marzo se toma como referencia el cuarto trimestre, en este caso, de 2021.

En cuanto a la variable vinculada con los ingresos, además del índice salarial del Indec, la ley establece que se debe observar la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), que difunde el Ministerio de Trabajo, un indicador referido específicamente al mundo de la economía formal. De los dos, se toma el que haya avanzado más. En la última parte de 2021 el Ripte tuvo un incremento de 8,95%, mientras que el dato del Indec revela una mejora en los salarios de 8,05% en el bimestre de octubre y noviembre (falta conocer el dato de diciembre). Dado que el segundo de los indicadores mostró hasta ahora mayor velocidad, se estima que ese será el que se tomará en cuenta para calcular la movilidad del mes próximo.

“Salvo que haya crecido muy poco en diciembre, el índice salarial [que se conocerá mañana] será el que definirá la movilidad de marzo”, señaló Sergio Rottenschweiler, economista especializado en seguridad social y docente e investigador en la Universidad de General Sarmiento. Estimó que con un aumento “modesto” de 2% de esa variable salarial en diciembre, la suba de haberes rondaría el 11%, en tanto que si el incremento salarial fue, según el dato del Indec, de 4%, el aumento nominal de las jubilaciones sería cercano a 12%. El índice de salarios del instituto oficial de estadística tuvo variaciones mensuales, durante 2021, que se movieron entre el 2,3% (junio) y el 5% (en marzo).

Considerando también los datos se conocen hasta ahora, el economista Rafael Rofman estimó que la recomposición de los ingresos previsionales por movilidad podría ser de entre 11,3% (en el caso de que el dato salarial del Indec haya subido poco en diciembre) y casi 13%, si ese índice de ingresos tuvo en el último mes de 2021 una variación similar a las de octubre y noviembre (cuando hubo alzas cercanas al 4% mensual). Según Rofman, director de Protección Social en el Cippec, si se confirma una suba así, se recuperará parte de la caída que en términos reales tuvieron los haberes en los últimos tiempos. Evaluó que eso sería bueno para los jubilados pero advirtió que, al mismo tiempo, representaría “un problema fiscal, porque, salvo que la inflación se dispare, solo por esto es posible esperar que el gasto previsional se ubique entre medio y un punto del PBI por encima del de 2021″.

Si se confirma un aumento de un nivel similar al estimado, el haber mínimo pasaría a ser en marzo de entre $32.200 y $32.800, en tanto que el haber máximo se ubicaría en una cifra de entre $217.000 y $221.000. Esos serían los valores que estarían vigentes hasta mayo, ya que en junio deberá otorgarse otra recomposición, tal como establece la ley.

En el cuarto trimestre de 2021 la inflación fue, según los datos del Indec, de 10,12%, con lo cual el índice esperado de movilidad lo superaría. Sin embargo, para el actual trimestre las proyecciones de los economistas indican que el nivel de suba de precios sería mayor. Según el dato promedio que surge del Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM) difundido por el Banco Central, la inflación podría acumular entre enero y marzo un 12,5%.

A diferencia de la fórmula anterior, que era simple de calcular a partir de datos publicados regularmente, la nueva modalidad, al involucrar la recaudación de una parte de los recursos del Estado medida en función del número de beneficiarios y, además, un tope a las subas (cuya aplicación se evalúa en cada mes de diciembre), es más compleja. De hecho, eso provocó que la propia ley delegara a normativas de rango inferior la elaboración de aclaraciones respecto de cómo hacer el cálculo bajo determinados supuestos; por ejemplo, en caso de que existan modificaciones en la estructura tributaria que hagan que no sea comparable la recaudación entre períodos.

Los aumentos por movilidad no solo alcanzan a las jubilaciones y pensiones del sistema contributivo de la Anses, sino también a las prestaciones no contributivas, como la Pensión Universal para el Adulto Mayor, y a las asignaciones por hijo, incluyendo las del sistema formal (asalariados y monotributistas) y la AUH. Además, el mismo porcentaje que surge de la fórmula se aplica para actualizar los aportes previsionales de los autónomos y la remuneración máxima para calcular los aportes a la seguridad social en el caso de empleados bajo relación de dependencia.

En 2021, su primer año de aplicación, la fórmula de movilidad actual arrojó subas de 8,07% (marzo), 12,12% (junio), 12,39% (septiembre) y 12,11% (diciembre). Así, se acumuló un alza de 52,67%, algo por arriba de la inflación, que fue de 50,9% entre enero y diciembre.

Sin embargo, eso no compensó el efecto del ajuste hecho en 2020. Durante ese año y por decisión del Gobierno, estuvo suspendida la aplicación del cálculo aprobado por ley a fines de 2017, que había regido en 2018 y 2019. En cambio, se otorgaron subas por decretos, que resultaron inferiores a los incrementos que hubiera arrojado la fórmula dejada fuera de luego. Así, incluso cuando en 2021 se hubiera derivado, de la aplicación de aquella fórmula, una suba menor que la efectivamente otorgada con la nueva ley, lo cierto es que los haberes mensuales serían ahora más altos de lo que son, si en 2020 no se hubiera suspendido la fórmula para dar subas de manera discrecional, tal como ocurrió.

 

 

Fuente: La Nación

 

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