Camino a las playas | Los argentinos ya pueden ingresar vía terrestre a Brasil y circular por todo su territorio

Tras el ciberataque a ConectaSus, sistema electrónico que emite el certificado nacional de vacunación contra Covid-19, este sábado el embajador argentino en Brasil, Daniel Scioli, confirmó que los turistas argentinos ya pueden circular por el país vecino. 

En primera instancia, el embajador argentino en Brasil había mencionado que se postergaba el ingreso de turistas extranjeros al país vecino. Sin embargo, horas más tarde, Daniel Scioli mencionó que finalmente los argentinos pueden cruzar desde este sábado 11 de diciembre.

Finalmente, luego de varias idas y vueltas, este sábado quedó habilitada formalmente la frontera brasileña. En esa línea, turistas argentinos podrán circular por todo el territorio de Brasil. 

 

“Para el ingreso terrestre sigue vigente la fecha de hoy 11 de diciembre para los argentinos y extranjeros que quieran ingresar por los pasos terrestres con presentación de PCR/antígenos o comprobante de vacunación”, escribió Daniel Scioli en su redes sociales. 

 

En tanto, aclaró que “para el ingreso aéreo se posterga la exigencia del comprobante de vacunación hasta el 18 de diciembre. Se exige test PCR y declaración de Salud del viajero”

 

En el Boletín Oficial de Brasil se dispone que los viajeros internacionales al ingresar a ese país deberán presentar a las autoridades migratorias el comprobante impreso o por medios electrónicos de vacunación con inmunizantes aprobados por la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria de Brasil (Anvisa), por la Organización Mundial de la Salud (OMS) o por las autoridades de la nación en que el viajero se vacunó, cuya aplicación de la última dosis o de la dosis única haya sido como mínimo catorce días antes.

 

También deberán presentar un test de Covid-19 con resultado negativo o no detectable. En caso de optar por un test de antígeno deberá ser realizado hasta 24 horas antes del momento de ingresar a Brasil y, para el PCR, hasta con 72 horas de antelación.

 

Al certificado de vacunación y a la prueba de coronavirus no deberán presentarla, por ejemplo, los residentes fronterizos, siempre que muestren el documento de residente fronterizo o algún otro documento que lo compruebe y cuando se garantice esa reciprocidad en el trato para los brasileños en el país vecino. Tampoco aplicará para las personas que realizan transporte de carga o conductores y asistentes de vehículos de transporte de carga por ruta.

 

Requisitos de ingreso a Brasil 

Prueba, impresa o electrónica, de vacunación con inmunizadores aprobada por la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria o por la Organización Mundial de la Salud o por las autoridades del país donde fue inmunizado el viajero, cuya aplicación de la última dosis o dosis única se ha producido, al menos catorce días antes de la fecha de ingreso al país.

 

Documento que acredite la realización de una prueba de coronavirus SARS-CoV-2 (covid-19), con resultado negativo o indetectable, del tipo de prueba de antígeno, realizada dentro de las veinticuatro horas previas al ingreso al país o PCR de laboratorio, realizada dentro de las setenta y dos horas previas al ingreso al país, observando los parámetros indicados en el Anexo I de esta Ordenanza.

 

Los viajeros que se consideren no elegibles para la vacunación, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Salud en el Plan Nacional de Operacionalización de la Vacunación contra COVID-19, disponible en el sitio web, están exentos de presentar prueba de vacunación. Información en https://www.gov.br/saude/pt-br/coronavirus/vacinas/plano-nacional-de-operacionalizacao-da-vacina-contra-a-covid-19.

 

Excepcionalmente, los extranjeros que no cuenten con comprobante de vacunación y por razones de restricciones de movilidad impuestas por el país en el que se encuentren, no puedan regresar a su país de residencia, podrán ingresar al país.

  •  Autorización de la autoridad migratoria
  •  Ir directamente al aeropuerto
  • Obtener una solicitud formal de la embajada o consulado del país de residencia
  • Presentar los boletos aéreos correspondientes para el regreso a su país de residencia.

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