Todo lo que hay que saber de la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos

El proyecto de Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos que fue aprobado por Diputados. Se trata de una propuesta que busca brindar información a los consumidores sobre los componentes de los alimentos como azúcares, sodio y grasas saturadas con el objetivo de prevenir "la malnutrición de la población".

 


La iniciativa contó con 200 votos a favor, 22 negativos y 16 abstenciones. Tiene por objetivo que se advierta en los envoltorios de los alimentos los excesos de componentes que pueden ser nocivos para la salud.

 

Ley de Etiquetado Frontal
Estas serán las etiquetas que estarán en los productos.

 

 

Qué contempla la ley

  •  Advierte a consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz.
  • Promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.
  • Está dirigido a fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano, en todo el territorio de la República Argentina.
  • Los alimentos y bebidas analcohólicas envasados y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como «Exceso en azúcares», «Exceso en sodio», «Exceso en grasas saturadas», «Exceso en grasas totales», y/o «Exceso en calorías».
  • En caso de contener edulcorantes, el envase debe contener una leyenda precautoria inmediatamente por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: «Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as».
  • En caso de contener cafeína, el envase debe contener una leyenda precautoria inmediatamente por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: «Contiene cafeína. Evitar en niños/as».
  • El sello adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas.
  • El tamaño de cada sello no será nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase.
  • No podrá estar cubierto de forma parcial o total por ningún otro elemento. En caso de que el área de la cara principal del envase sea igual o menor a 10 centímetros cuadrados y contenga más de un sello, la autoridad de aplicación determinará la forma adecuada de colocación de los sellos.
  • Los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.
  • Se exceptúa de la colocación de sello en la cara principal al azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.
  • Se prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etcétera.
  • Se prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes.
  • Se prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.
  • Se prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales, o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales.
  • Se prohíbe la promoción o entrega a título gratuito.
  • El Consejo Federal de Educación deberá promover la inclusión de actividades didácticas y de políticas que establezcan los contenidos mínimos de educación alimentaria nutricional en los establecimientos educativos de nivel inicial, primario y secundario del país.
  • Los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan al menos un sello de advertencia no pueden ser ofrecidos, comercializados, publicitados, promocionados o patrocinados en los establecimientos educativos del Sistema Educativo Nacional.
  • El Estado nacional priorizará las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.
  • Se encomienda al Poder Ejecutivo la reformulación del texto del Código Alimentario Argentino a efectos de adecuar sus disposiciones a la presente ley.

 

La maratónica sesión de Diputados 

Luego de varias horas de debate, la Cámara de Diputados de la Nación aprobó la ley de Etiquetado Frontal. La norma tiene por objetivo que se advierta en los envoltorios de los alimentos los excesos de componentes que pueden ser nocivos para la salud como azúcares, sodio y grasas saturadas, entre otros.

El proyecto de Ley de Promoción de la Alimentación Saludable contó con 200 votos a favor, 22 negativos y 16 abstenciones. La iniciativa se sancionó minutos antes de la medianoche de este martes. Al momento de la votación hubo 18 legisladores ausentes.

La Cámara Baja volvió a sesionar como en los viejos tiempos: con presencialidad total, sin virtualidad. Comenzado a las 12 del mediodía, el maratónico encuentro incluyó una veintena de temas -consensuados entre el Frente de Todos y Juntos por el Cambio– y largas horas de cruces, chicanas, gritos, y pedidos de tratamiento de leyes diferentes.

Pasadas las cuatro de la tarde, se dio inicio al debate por la ley de Etiquetado Frontal que se terminó extendiendo hasta las 23.30, tras la intervención de más de 70 diputados.

En octubre del año pasado el proyecto de ley de etiquetado recibió la media sanción de parte del Senado. Sin embargo, estuvo nueve meses esperando que Diputados lo ponga sobre la mesa, hasta que fue tratado en julio último en un plenario de cuatro comisiones de la Cámara baja donde obtuvo dictamen favorable. Luego de que se barajara la posibilidad de que en los primeros días de agosto sus 24 artículos se convirtieran finalmente en una norma, esto no fue posible. Un nuevo intento frustrado para debatirlo y aprobarlo ocurrió a principios de este mes, cuando el Frente de Todos no logró conseguir el quórum necesario para habilitar la sesión especial.

 

 

 

 

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