Defensa del Consumidor | Cómo realizar el reclamo en caso de no recibir un producto que ya fue abonado

Últimamente se registran muchos casos de personas que a pesar de no haber recibido el producto que compraron online, se le continúan descontando las cuotas; Alejandro Garzón Maceda, director de Defensa del Consumidor de Misiones, detalló cuál es el procedimiento para realizar el reclamo en estos casos.

Alejandro Garzón Maceda- Tupá Mbaé


“Si la persona compró y nunca le enviaron el producto, hecho el reclamo y con la constancia en mano, debe solicitar al banco y a la tarjeta de crédito lo que se denomina “Stop Debit”, para que dejen de descontarle las cuotas del producto”, explicó Garzón Maceda.

 

En la misma línea, aclaró que tanto el banco como la tarjeta de crédito tienen la obligación de aceptar el Stop Debit por parte del consumidor, de lo contrario la persona deberá realizar la denuncia correspondiente en Defensa del Consumidor manifestando la fecha, el problema y la falta de respuesta ante el reclamo por parte del banco.

 

En este sentido, hizo hincapié en la importancia de solicitar al banco y a la tarjeta de crédito el Stop Debit, ya que desde el momento en que se realiza esta solicitud, las siguientes cuotas descontadas correrán por cuenta de estos entes, por lo que deberán realizar el reembolso al consumidor en un futuro.

 

Asimismo, especificó que el consumidor no tiene la obligación de comprobar que el producto no fue entregado, ya que esto corresponde a las empresas implicadas; en caso de haberse entregado el producto, la empresa en cuestión debe contar con el remito firmado.

 

En caso de que el cliente haya abonado con anticipación el monto completo del producto, el reclamo del dinero o del producto recae directamente sobre la empresa implicada.

 

En este contexto, el director de Defensa al Consumidor, recordó que no es necesario presentarse en el banco para realizar este tipo de trámites, sino que basta con un llamado al 0800 del ente correspondiente, teniendo en cuenta que los llamados son grabados y esto respaldaría la denuncia en caso de no obtener respuestas.

 

Por otra parte, se refirió a los débitos que suelen registrarse en la caja de ahorro o en la tarjeta de crédito que corresponden a seguros o servicios que no fueron solicitados y muchas veces al realizar el reclamo no se obtiene respuesta y continúan los descuentos.

 

Con la constancia del reclamo realizado al seguro o al servicio en cuestión, en estos casos también se debe realizar el reclamo en el banco y éste tiene la obligación de dar fin a los descuentos, y de comprobarse que la persona nunca autorizó esos descuentos, corresponde un reembolso del dinero descontado.

 

Derecho de información del consumidor

 

En lo que respecta al etiquetado frontal, Garzón Maceda desmintió que esto genere un encarecimiento importante de los productos, a la vez que puntualizó que este proyecto de ley avala el derecho de información del consumidor y su salud, ya que “si el producto puede afectar la salud del consumidor es un deber y una obligación informarlo”.

 

En este sentido, especificó que todos los productos cuentan con la información nutricional en la parte posterior; no obstante, el objetivo de la ley de etiquetado frontal es simplificar esta información y colocarla a la vista del consumidor, a fin de que hasta aquellas personas que no sepan leer puedan identificar la imagen y las consecuencias que podría tener el consumo del producto en cuestión para su salud.

 

De esta manera, Garzón Maceda explicó que la finalidad del etiquetado frontal es simplificar la información a los consumidores y mejorar la calidad de consumo.

 

Finalmente, aclaró que es poco probable que decaiga drásticamente el consumo de ciertos productos debido a la ley de etiquetado frotal. “No creo que la gente deje de consumir, sino que hará un consumo más responsable”, dijo el director de Defensa al Consumidor.

 

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas