Qué dice la resolución que oficializa las nuevas restricciones cambiarias: cuáles serán los plazos para liquidar bonos y obtener dólares

El Gobierno Nacional oficializó este lunes las nuevas restricciones cambiarias con las que buscará contener la falta de dólares en estos meses en los que se esperan fuertes presiones sobre la divisa norteamericana.

 

 

La Comisión Nacional de Valores (CNV) definió nuevas trabas para operar con bonos. De esta forma, el Poder Ejecutivo apuntó al método que utilizan los inversores para pasarse de pesos a dólares por vías legales. El “contado con liquidación” pasó de $ 140 a $ 170 en poco más de dos meses, en medio de un contexto sumamente favorable para la Argentina, con la soja llegando a los USD 600 y fuerte ingreso de divisas de los exportadores cerealeros.

 

 

En este marco, fue publicada hoy en el Boletín Oficial la Resolución 895/2021 que fija las nuevas restricciones y determina los plazos para liquidar bonos. Las medidas adoptadas aumentan los días de “parking”: los inversores tardarán más tiempo para dolarizarse. Pero como esto no es suficiente en medio de la presión cambiaria, también se definieron cupos estrictos de compra de bonos para evitar esta operatoria.

 

La norma aclara que este plazo mínimo de tenencia “no será de aplicación cuando se trate de compras de Valores Negociables con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción extranjera”. No obstante, en el caso de operaciones de venta de Valores Negociables con liquidación en moneda extranjera y en jurisdicción local “el plazo mínimo de permanencia en cartera a observarse será de un día hábil a computarse de igual forma”. Este plazo de tenencia tampoco será de aplicación cuando se trate de compras de bonos en moneda extranjera.

 

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