Las infracciones de tránsito más recurrentes en Posadas están vinculadas con la alcoholemia

Así lo afirmó Myriam Duarte, secretaria del juzgado Nro. 1 de Posadas, «las infracciones más recurrentes en el ejido municipal en este período de pandemia, son la falta de ciertos requisitos esenciales para circular, y lamentablemente tenemos que decir que vemos mucha alcoholemia”.  Las multas dependen de la graduación del alcohol en sangre.

 

La funcionaria reconoció que a veces la graduación en el alcohol no es tan elevada, “pero hay mucha acta labrada por esta situación. La gente que no toma conciencia de que el que conduce no debe ingerir alcohol. Entonces, esa es la falta más frecuente que estamos viendo”.

 

 

Cabe recordar que en la capital misionera rige desde el mes de mayo de 2016, la ordenanza de alcohol 0, que en su artículo 1 establece: “tolerancia cero de alcohol en sangre como requisito para conducir cualquier tipo de vehículo”. “Por lo tanto aquel que ingiera alcohol y salga a conducir en un rango determinado de horas va a dar positivo si se le realiza un test”, afirmó Duarte.

 

Además, sugirió que aquella persona que “tiene planeado conducir, debe evitar la ingesta de alcohol por lo menos de todas las horas en la que va circular, porque siempre queda un sesgo de alcohol en sangre, lamentablemente. Y eso les causa graves complicaciones a las personas y puede ser a terceros, porque no todo tiene que ver con la ingesta de alcohol, sino con daño que él pueda causarse a sí mismo y a la gente que transita”.

 

Desde el tribunal también recuerdan que la norma establece que el “conductor que arroje un resultado de alcoholemia positiva entre 0,1 y 0,5 será sancionado con una multa de acuerdo a lo establecido para las faltas leves de tránsito”, mientras que mayor sea la graduación, la multa será mayor. Además el conductor deberá asistir a la escuela de conducción, y hasta podría quedar inhabilitado para manejar por un tiempo determinado.

 

Documentación de motos 0 km

 

En referencia a la demora en la entrega de la documentación, al momento de adquirir una moto, la secretaria afirmó que “lo primero que se debe hacer es acudir al registro de la propiedad del automotor, para gestionar la cedula habilitante y la patente. En ese momento que ellos se presentan ante el registro, este emite una autorización para circular”.

 

Duarte recordó que antes de la Pandemia, esta autorización era por un periodo determinado, pero en la actualidad, “ese periodo se extiende a 30 días y es un certificado que le permite a la persona circular”.

 

Además, cualquier conductor posadeño debe tener en cuenta que, para circular, ya sea con una moto 0 km, además de esta autorización, debe contar con un seguro habilitante y “de que la persona que conduzca, tenga la facultad para hacerlo”.

 

Motivos frecuentes para la retención de un vehículo

 

Actualmente, en Posadas, los motivos frecuentes para la retención del vehículo, según declaraciones de Duarte, puede estar vinculado “con los peligros que pueda causar esa persona si sigue transitando, o si la ordenanza establece que cabe la retención del vehículo”.

 

La infracción que más creció en este tiempo de pandemia es “la alcoholemia”, seguido por “la falta de seguro”. La funcionaria destacó que estos dos son motivos de que “llevan a la retención del vehículo. Porque si una persona circula sin seguro y provoca un siniestro, estaría desamparada la persona a la cual e le provocó un daño, y como la ordenanza establece como un requisito esencial es necesario mantener a resguardo el vehículo”, hasta que la persona que cometió la infracción subsane esa falta.

 

Otra de las infracciones, está vinculada a que el conductor no cuenta con carné habilitante para la cilindrada de la moto que conduce. Y ese es otro motivo de retención del vehículo. Por ejemplo, el primer carné limita la cilindrada de la moto, por lo que en ese caso el conductor no podría conducir una moto de 500 cc.

 

Derecho a la defensa

 

La secretaría afirmó que cuando “el acta llega a nuestras manos enviada por el agente de tránsito o policía. Para nosotros, lo que establece el acta es la verdad, y allí se inicia un proceso judicial”.

 

En esta línea, desde el tribunal de faltas informan que “si la persona no está de acuerdo, o considera que no fue la falta cometida, tiene todo el derecho de realizar su descargo, y si no viene de motu propio, nosotros citamos a la persona para que venga a ejercer su derecho a defensa y aporte todas las pruebas que el considere para defenderse”.

 

Por último, el juez de turno puede enviar a hacer distintas diligencias, y “allí recién se llega a una resolución de un caso”.

 

Para cerrar, Duarte recordó que, “es importante que la gente sepa que la autorización para circular, tiene que ser emitida por el órgano pertinente, no por cualquier, persona, entidad o empresa. Y para evitarse problemas debe tener toda la documentación. Si es 0 km. No tendrá VTV pero si tiene que contar con un seguro habilitante y tener licencia de conducir”.

 

 

 

 

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