El Movimiento Libres del Sur Misiones tuvo que corregir su lista de candidatos a diputados provinciales porque no tenía paridad de género: 17 mujeres y tres varones

El Movimiento Libres del Sur Misiones presentó una nueva lista de candidatos a diputados provinciales luego de que el Tribunal Electoral Provincial objetara que la primera nómina no respetaba la paridad de género: estaba compuesta por 17 mujeres y solamente tres varones.

 

 

 

En principio, el espacio del movimiento social Barrios de Pie, incluyó, entre los titulares, solamente al primer candidato, Fabricio Tejerina, a Antonio Rodríguez, del cuarto lugar y a Luis Acuña, del 16, como sus candidatos, todos rodeados por mujeres. En tanto por el lado de los suplentes, aparecía el nombre de Nicolás Tabbia.

 

 

 

Tras la llamada de atención por parte de la justicia electoral, el Movimiento Libres del Sur Misiones corrigió su lista en incluyó a los representantes varones para equilibrar la nómina.

 

De esta manera, la nueva lista quedó compuesta de la siguiente manera:

  1. Tejerina ,Fabricio
  2. Maidana, Carolina
  3. Rodríguez, Antonio
  4. Yablonski, Alejandra
  5. Acuña, Luis
  6. Gonzales, Noelia
  7. Perreault, Juan
  8. Camargo, Teresa
  9. Yablonski, Luis
  10. Acuña, Claudia
  11. Rosa, José
  12. Pilat, Griselda
  13. Aguirre, Gilberto
  14. Carneiro, Lobos Silvia
  15. Garay, Luis
  16. Teixera, Zulema
  17. Tabbia, Nicolás
  18. Nolazco, Mirta
  19. Rosa, Sebastián
  20. 20 Quian, Susana

 

Tras la corrección, desde el espacio esperan la aprobación del Tribunal Electoral Provincial para oficializar la lista que competirá en los comicios provinciales del 6 de junio en los que se elegirán 20 nuevos diputados provinciales, es decir, la mitad de la composición parlamentaria.

 

 

Así quedó conformada la nueva lista del Movimiento Libres del Sur.

 

La paridad de género en Misiones

 

 

En Misiones, la ley de paridad de género fue impulsada, principalmente, por mujeres y en octubre de 2018, con el voto unánime de la Cámara de Representantes, se convirtió en ley.

 

 

 

Posteriormente, ya en 2019, durante las elecciones provinciales donde se eligieron, además de cargos ejecutivos, cargos legislativos cuyas listas ya se presentaron con la alternancia de un hombre y una mujer, o viceversa, según quién la encabezara.

 

 

 

El proyecto aprobado propició el cambio de varios artículos de la Ley Electoral (XI N° 6) entre los que se destaca el artículo 71 que establece que, “las listas de candidatos a diputados provinciales, concejales y convencionales constituyentes nacionales, provinciales o municipales, deben integrarse de manera intercalada entre ambos géneros, desde el primer candidato titular hasta el último candidato suplente”.

 

 

Además, la modificación del artículo 146 dispone que, “en caso de muerte o renuncia de un diputado lo sustituye el candidato de su mismo género que figura en la lista como candidato titular según el orden establecido. Una vez que ésta se hubiere acabado ocupa el cargo vacante el suplente que sigue de conformidad con la prelación consignada en la lista respectiva y el criterio establecido en el párrafo anterior. Una vez agotados los reemplazos por candidatos del mismo género, ante la imposibilidad de proceder conforme los párrafos anteriores, debe continuarse la sucesión por el orden del siguiente candidato del otro género de la misma lista”.

 

 

En concordancia, sustituye también el artículo 23 de la Ley de Lemas, que quedará redactado de la siguiente forma, “en caso de fallecimiento, incapacidad sobreviniente, renuncia, separación del cargo o cualquier otra causal de los candidatos electos, lo sustituye el candidato de su mismo género que le sigue en la lista según el orden establecido, respetándose el sublema del causante de la vacancia”.

 

 

La totalidad de los artículos modificados son: 63, 68, 71,74, 145, 146 y 147 de la Ley XI – N.° 6 (Antes Ley 4080) Ley Electoral que refieren entre otros ítems a las internas partidarias para la elección de candidatos, además de sustituir artículos de la ley XI N° 7 Ley Orgánica de los Partidos Políticos.

 

La ley surgió de la unificación de cinco proyectos presentados desde el año 2015 hasta el presente 2018 que ingresó el último.

 

 

El proyecto de 2015 fue presentado por los diputados, Myriam Rosana Duarte (MC) y Héctor Orlando Bárbaro (MC), en el 2016 por los diputados, Silvia Araceli Rojas, Martín Aníbal Sereno, María Ángeles Losadas (MC), Ramón del Rosario Velázquez (MC) y Jorge Ubaldo Ratier Berrondo y otro por los diputados Alba Beatriz Nilsson, Alfredo Oscar Schiavoni (MC) y Jorge Ubaldo Ratier Berrondo, en 2017 propuesta del Parlamento de la Mujer y en 2018 por los diputados, Inés Anita Minder, Ariel Fernando Pianesi, Gustavo Alberto González, Liliana Mabel Rodríguez, Walter Eduardo Molina y Paulino Javier Mela.

 

 

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