Qué establece el DNU que anunció el presidente con el objetivo de frenar la segunda ola de coronavirus en el país

El Decreto de Necesidad y Urgencia publicado 235/2021 estará vigente desde las 00:00 horas del 9/04/21 hasta el 30/04/21 para todo el territorio nacional en el Boletín Oficial y que comienza a regir a las 00:00 de mañana establece más restricciones para las zonas consideradas de alto riesgo con el fin de frenar la velocidad de contagio por la segunda ola de coronavirus que atraviesa la Argentina. 


El gobierno nacional anunció nuevas medidas restrictivas debido al aumento de casos por la segunda ola de coronavirus. Las medidas adoptadas rigen para las zonas del país con mayor cantidad de contagios y consideradas de “alto riesgo”. 

 

El objetivo principal del DNU es reducir la circulación de gente y con ello la propagación del virus y las nuevas cepas que tienen mayor nivel de contagiosidad. 

 

De esta forma se suspenden a partir de mañana a las 00:00 todos los viajes de egresados y jubilados, o considerados “viajes de estudio”. También los relacionados a competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos; o grupos para actividades recreativas o sociales y de grupos turísticos. 

 

Lo mismo sucederá con «las actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas».

 

Sin embargo las actividades turísticas que quedan habilitadas deben realizarse bajo estricto protocolo y siguiendo la normativa dispuesta para cada caso, haciendo foco en el transporte que deberán realizarse con ventilación constante y de forma cruzada. 

 

Se suspenden las reuniones familiares de más de diez personas en domicilios particulares.

 

Por otro lado el DNU establece que las clases presenciales y actividades educativas continúan habilitadas bajo estricto protocolo y sujeto a evaluación según avance o no el riesgo epidemiológico. 

DNU
Buscan restringir la circulación nocturna en el distritos de alto riesgo epidemiológico

En todos los casos se deberá actuar de acuerdo a los protocolos debidamente aprobados por las autoridades correspondientes. 

 

Por otro lado el gobierno nacional le da a las autoridades provinciales la potestad de tomar otras medidas según crea conveniente y establece que los Gobernadores de Provincias y el Jefe de Gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES podrán suspender en forma temporaria las actividades y reiniciarlas, conforme a la evaluación del riesgo. 

 

Se ajustarán medidas también en el transporte público extremando controles a la hora de subir a un colectivo o tren, y todas las personas que estén comprendidas dentro de “actividades esenciales” deben tramitar el nuevo permiso de circulación a través de la aplicación.

 

El transporte público queda habilitado únicamente para estas personas y las empresas que requieran personal presencial tendrán que hacerse cargo del traslado de sus empleados.

 

Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 que deberán tener un aforo máximo del 30%, misma capacidad máxima que podrán tener los espacios destinados para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y gimnasios.

 

Queda prohibida la circulación de personas entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana.

 

Estas medidas, aclara Presidencia, podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio en partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

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