El Gobierno Nacional reglamentó el autocultivo de cannabis para uso medicinal

Así se informó este viernes en el Boletín Oficial a través de la resolución 800/2021. De esta manera el Gobierno Nacional reglamentó el autocultivo de cannabis con fines clínicos. Los interesados deberán presentar certificado médico e inscribirse en un registro que se creó con ese fin, además de registrarse en la app Mi Argentina.

 

 El documento oficial que lleva la firma de la ministra de Salud, Carla Vizotti, el ejecutivo avanzó con la regularización del cultivo para todos aquellos que quieran acceder a la planta de cannabis como “tratamiento medicinal, terapéutico o paliativo del dolor”. 

 

autocultivo de cannabis para uso medicinal

 

Para poder llevar el control se aprobó también el Sistema de Registro de Programa de Cannabis (REPROCANN), al que tienen que ingresar todos los que quieran tener el permiso, así como también para quienes quieran adquirir el producto de algún cultivador autorizado.

 

Para inscribirse los solicitantes deben ingresar a la página oficial del REPROCANN, teniendo en cuenta que todos los datos que se ingresen tendrán carácter de declaración jurada.

 

«El autocultivo de cannabis para uso medicinal permite tener hasta 9 plantas en 6 metros cuadrados»

 

Una vez completo el registro el sistema le enviará, a quienes hayan sido autorizados, un certificado que tendrá validez de un año para justificar la actividad. 

 

Todos los interesados, tanto médicos como cultivadores o consumidores deberán estar registrados en la aplicación Mi Argentina con DNI.

 

Según informaron las autoridades será un requisito excluyente contar con indicaciones médica de uso de cannabis y sus derivados por parte de un profesional de la salud y “brindar un consentimiento informado Bilateral”.

 

autocultivo de cannabis medicinal

 

Otro de los puntos importantes y para regular la actividad es la limitación de cantidad de plantas que puede tener cada persona según las necesidades terapéuticas, y que pueden ir variando según avancen los estudios científicos.

 

Cabe mencionar que hasta el momento, la tenencia de semillas y plantas aún en el ámbito privado, para consumo personal o terapéutico estaba penado por ley con hasta quince años de prisión.

 

Las especificaciones para el autocultivo son: se pueden cultivar entre una y nueve plantas, siempre en el interior de la vivienda y en un espacio de seis metros cuadrados de extensión.

 

El cultivo en exteriores no está permitido y en caso de tener que transportar el producto se podrá hacer en hasta 6 frascos de 30ml 0 40 gramos de flores secas.

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