“El cobro de los depósitos de alquileres en dólares no es ilegal”, aseguran desde la Cámara Inmobiliaria de Misiones

Tras conocerse que algunos propietarios posadeños cobran los depósitos de alquileres en dólares, la presidenta de la Cámara Inmobiliaria de Misiones (CIM), Julia Acosta Azoya, afirmó que esto no es una práctica ilegal, también señaló que no es algo habitual en Misiones.  Además, manifestó que la nueva Ley de Alquileres es “poco clara” en algunos puntos.

Julia Acosta Azoya – Radio República

 

A su vez indicó que estos casos en Misiones son la minoría, a diferencia de Buenos Aires, donde cobrar en dólares es una práctica habitual. En esa línea remarcó que hay un congelamiento de precios desde hace un año, con una prórroga de un año debido al DNU impuesto por el Gobierno Nacional, esto a su parecer, pone en un “estado de vulnerabilidad” al propietario que busca resguardarse apoyándose en la moneda estadounidense.

Alquileres en Misiones.
Confusión e interpretaciones distintas sobre el cobro de alquileres en Misiones.

Acosta Azoya explicó que cobrar en dólares no es ilegal, y detalló que en la nueva Ley de Alquileres sí se limita el monto a cobrar en carácter de depósito, donde el mismo no puede superar el valor de un mes de alquiler. Además, el valor del depósito integrado acompaña al monto del alquiler.

 

“La ley limita el monto a cobrar en los depósitos, pero no especifica en qué moneda, puede ser en pesos, en dólares o en cosas, simplemente no puede superar el valor del inmueble”, enfatizó la presidenta de la CIM.

 

Por otro lado, Acosta Azoya, se mostró sorprendida ante esta información que trascendió este lunes, ya que desde la Cámara Inmobiliaria de Misiones sostienen que no son prácticas frecuentes en la provincia, por lo que consideran que fue un “caso aislado”.

 

Además, hizo hincapié en que el cobro en dólares puede ser más frecuente en los casos de alquileres de locales comerciales y no así en los casos de las viviendas. Sin embargo, reiteró que si el propietario tiene como condición el cobro en moneda extranjera lo puede hacer, ya que no está prohibido hacerlo.

 

Sobre este tema también se pronunció Alejandro Garzón Maceda, titular de Defensa del Consumidor en Misiones, quien expresó que el cobro en dólares es “totalmente ilegal” y va contra la Ley de Alquileres. Asimismo, remarcó que el contrato debe ser íntegramente en pesos.

 

Ante estas declaraciones, Acosta Azoya, manifestó que si bien cada uno puede tener su postura, es necesario especificar en qué punto de la ley prohíbe el cobro en dólares en las garantías: “La Ley 27.551 no habla de eso, dice que el alquiler no puede ser en dólares, pero no hace referencia a la garantía”, aseveró.

 

Debido a la polémica que se presentó en torno al debate de la legalidad o no del requerimiento de la moneda extranjera como condición para ingresar a una propiedad, la representante del CIM, instó a no generalizar esta práctica, ya que no es habitual y desde la Cámara, que nuclea a alrededor de 80 inmobiliarias, señalan que este planteamiento no surgió.

 

Al mismo tiempo, explicó que si bien el contrato de alquiler no puede ser en dólares, y la garantía es parte del mismo documento, hay una diferenciación que responde a un punto de la nueva Ley de Alquileres, donde indica que el mismo día que se desocupa el alquiler se debe reintegrar el monto de la garantía.

 

Esto, según aseguró Acosta Azoya, es algo imposible de cumplir, ya que en muchos casos al momento en que el inquilino abandona la propiedad todavía hay cuestione no resueltas que no pudieron ser corroboradas por el propietario (falta de pintura, boletas impagas, etc). “Este tipo de actitud, es lo que muchas veces lleva al locador a tomar estas medidas”, justificó.

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