La Cámara de Inmobiliarias de Misiones advierte que habrá un ajuste en los alquileres tras la implementación de registro en AFIP

Luego de que este lunes entrara en vigencia el Registro de Contratos de Locación de Inmuebles (RELI), Julia Acosta Azoya, presidenta de la Cámara de Inmobiliarias de Misiones (CIM) explicó los detalles sobre los puntos más importantes de estas declaraciones obligatorias que reglamentó la AFIP y obliga a los propietarios a registrar los contratos de alquiler y tributar por ellos.

Julia Acosta Azoya – Canal 12

 

La presidenta del CIM, aclaró que la obligatoriedad de la inscripción de los contratos de alquiler no es algo nuevo, sin embargo, explicó que lo que la nueva ley modifica es la obligatoriedad del registro de los contratos debe realizarse en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), aspecto que podría influir en el precio final de cada contrato de alquiler.

 

“De los contratos de locación, los propietarios en un principio tienen la obligación de escanear y enviarlo a la página del organismo, ellos tienen toda una metodología de las cuales nos tenemos que acostumbrar”, explicó.

 

 

Además, Acosta Azoya, señaló que el trámite lo puede hacer el propietario, el intermediario o el locatario, pero para poder hacerlo se debe contar con una clave fiscal. Además, la obligatoriedad rige para los contratos de locación celebrados a partir del 1 de julio del 2020, fecha en que se implementó la nueva Ley de Alquileres.

 

Asimismo, la representante de la CIM, aclaró que si bien el registró entró en vigencia hoy, existe un plazo para los contratos firmados de julio en adelante, que tienen un término hasta el 15 de abril, esto permite a los propietarios ir familiarizándose con la nueva medida.

 

“Había muchos propietarios que ya estaban inscriptos y facturaban, pero no tenían la obligatoriedad del registro, y eso es lo que se plasma ahora en la ley que inició el 1 de julio, lo que salió hoy es la reglamentación de lo que ya estaba contemplado en la ley”, contó Acosta Azoya.

 

Consultada sobre cómo trabajarán con las nuevas plataformas digitales que ofrecen alquileres, sostuvo que “la reglamentación lo contempla”, no obstante, debe ajustase algunas cuestiones ya que no es lo mismo un alquiler temporario de un mes que de dos días.

 

Sobre los cambios que conlleva esta nueva reglamentación tanto para inquilinos, como propietarios, la presidenta del CIM señaló que “hubiera sido bueno contar con una escala”, ya que no es lo mismo para una persona que tiene uno o dos departamentos de 8 mil pesos, que para un propietario que posee 20 departamentos.

 

“No es lo mismo, porque claramente alguien que alquila una casa en 8 mil pesos, hoy tiene que incorporar a un contador con el tema de la registración, que no está mal, pero va a tener un mayor costo. Y todo lo que es costo extra se debe recuperar de alguna manera, por ese lado puede haber un ajuste en los nuevos valores de los alquileres”, explicó.

 

En ese sentido, hizo hincapié en que los posibles aumentos no se deben a que el propietario quiera obtener mayor ganancia, sino que corresponde a una suma para cubrir los gastos derivados de la registración, por ello, reiteró la importancia de tener una diferenciación entre los pequeños arrendatarios y aquellos grandes empresarios inmobiliarios, ya que la medida deja a todos en igualdad de condiciones.

 

Por otro lado, Acosta Azoya, recomendó que para llevar adelante el trámite el propietario se asesore con un contador, ya que debe lidiar, además de los impuestos nacionales, también con los provinciales, esto debido a que se debe inscribir en Ingresos Brutos para poder facturar.

 

Si bien, reconoció que los trámites no son “una cosa de otro mundo”, es necesario un buen asesoramiento hasta que la persona se familiarice con el sistema.

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas