La fiscal Álvarez apeló la excarcelación de María Ovando hasta la confirmación de su condena

La fiscal Correccional y de Menores 1 de Posadas, María Laura Álvarez, presentó un recurso de  apelación al hábeas corpus de excarcelación de María Ramona Ovando (46 años), que dio lugar el juez Correccional y de Menores 2, César Raúl Jiménez.

Para la fiscal Álvarez “no hubo arbitrariedad”  en la decisión del Tribunal Penal 1 de Eldorado al ordenar la inmediata detención de la mujer, tras el fallo condenatorio de 20 años de prisión, por los delitos (encubridora) de  abuso sexual de una de sus hijas y una nieta y corrupción de menores.

 

Luego de cuatro meses y medio de permanecer detenida en la Unidad Correccional V de Mujeres de Posadas, María Ramona Ovando (46 años), fue excarcelada y esperará en libertar la confirmación de la condena.

 

El juez Correccional y de Menores 2 de la Primera Circunscripción Judicial, César Raúl Jiménez, dio lugar al  hábeas corpus, presentado por la defensa y ordenó la libertad de Ovando, quién fue condenada  por el Tribunal Penal 1 de Eldorado, el 10 de noviembre del año pasado, junto a Marcos Iván Laurindo (18 años de prisión) y Lucas Ferreira (12 años de cárcel) por los abusos sexuales de las dos niñas y corrupción de menores.

 

Tras escuchar la sentencia, María Ovando, fue trasladada a la Unidad Penal V de Mujeres de Miguel Lanús, donde cumplía la condena. En tanto que Laurindo y Ferreira,  permanecen alojados en la Unidad Penal  III de Eldorado, donde están detenidos.

 

La resolución del magistrado posadeño se enmarca dentro del control de convencionalidad y se distingue de la mayoría de las resoluciones judiciales de la Provincia. Hace referencia a “la arbitrariedad” del Tribunal que la condenó y ordenó su inmediata detención, tras el fallo dictado en noviembre pasado.

 

El hábeas corpus fue presentado en diciembre último por Nora Cortiñas, Madre de Plaza de Mayo Línea Fundadora. En el recurso de apelación presentado hace referencia a que la acusada llegó al juicio en libertad y no había peligro de fuga, hecho que valoró el magistrado.

 

La fiscal Álvarez ya había rechazado en diciembre pasado el planteo formulado por los abogados de Ovando, Roxana Rivas y Eduardo Paredes, además de Nora Cortiñas (integrante de Madres de Plaza de Mayo) que solicitaban su libertad porque consideran que la sentencia condenatoria fue recurrida en casación y no se encuentra firme.

 

La misma postura fue adoptada, en diciembre del año pasado, por la jueza Correccional y de Menores 1, Marcela Leiva, quien rechazó el Hábeas Corpus.

 

La fiscal María Laura Álvarez entiende “que la situación procesal de la imputada – ahora en libertad-, no se ajusta a ninguno de los supuestos previstos en la ley y que se han dado en llamar, Hábeas Corpus Preventivo -Inc. 1- o Correctivo -Inc. 2-, habida cuenta que la peticionante fue privada de su libertad, en oportunidad de dictarse en su contra sentencia condenatoria en el marco del proceso que se le siguiera, y fuese citado precedentemente”.

 

Remarca  que “la medida restrictiva de la libertad dispuesta en contra de la imputada, ha emanado de una autoridad dotada de jurisdicción y competencia, con lo que queda claro en opinión de la suscripta, que no se ha dado en autos la condición requerida en 8 el Inc. 1º del Artículo 3 de la Ley 23.098”.

 

Finalmente la representante del ministerio público fiscal, dice en su recurso de apelación que;  “la detención dispuesta por el Tribunal Penal de Eldorado, no encuadra ni remotamente en el art. 3 inc. 1º de la ley 23.098, muy por el contrario se realizó con estricta obediencia a la ley procesal, luego de un juicio llevado en legal forma con todas las garantías constitucionales, al cabo del cual se arribó a un veredicto de condena luego de probarse con certeza los hechos enrostrados. O sea se llevó adelante por orden escrita de autoridad competente. Nunca debió tener acogida el hábeas corpus hoy impugnado”.

 

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