Plasma de convalecientes y suero equino: se estableció en qué estadio de la enfermedad se recomienda administrar ambos tratamientos contra el coronavirus

Esta mañana se público en el Boletín Oficial el consenso sobre el uso adecuado del plasma de pacientes recuperados de coronavirus y también el uso del suero equino. Se trata de un recomendación para el uso apropiado del plasma y además se creó el plan estratégico para regular el uso de estos tratamiento.

 

La Dirección de Medicina Transfusional en su condición de Coordinadora del citado plan estratégico ha elaborado los protocolos de Ensayo Clínico Nacional y Acceso Extendido para el uso del plasma de pacientes recuperados de coronavirus con fines terapéuticos.

 

 

La utilización del plasma de pacientes recuperados de coronavirus tiene fines terapéuticos  y demostró resultados clínicos favorables en determinado grupo de pacientes de acuerdo a la evidencia surgida del Ensayo Clínico Plasmar. 

 

El plasma de convalecientes se debe  administrar en pacientes mayores de 75 años con menos de 72 horas de iniciados los síntomas, que no presenten criterios de gravedad y que tengan diagnóstico confirmado de coronavirus.  El tratamiento debe realizarse de acuerdo con el criterio de los médicos tratantes en interconsulta con el Servicio de Medicina Transfusional, y la aplicación será de 1 unidad de plasma de entre 200 y 300 ml, con títulos de IgG anti-SARS- CoV-2 superiores a 1:1000.

 

También se publicó la autorización de las Inmunoglobulinas Equinas para pacientes con coronavirus, enmarcadas en especialidades medicinales en condiciones clínicas particulares y que tuvo un favorable beneficio, según la función de la evidencia científica disponible, para aquellos pacientes para los cuales están indicados.

 

 

Suero equino podría indicarse a pacientes con la enfermedad en estadio severo con hasta 10 días desde inicio de síntomas y diagnóstico confirmado de coronavirus. Tiene que ser administrado dentro del ámbito hospitalario con un monitoreo médico en 2 dosis, a razón de 4 mg/Kg de peso e intervalo de 48 horas por vía intravenosa.

 

Las Inmunoglobulinas Equinas cumplen con el procedimiento de registro de los medicamentos y que a tal efecto respetan la clasificación de los productos “según la naturaleza, composición, actividad, acción farmacológica y procedimientos farmacotécnicos de preparación, acordes con los adelantos científicos reconocidos, los intereses de la salud pública”, explican en el Boletín Oficial. 

 

 

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