Polémica: un fallo judicial obligó a un sanatorio a suministrar dióxido de cloro a pedido de familiares de un paciente con coronavirus

La Justicia Federal falló a favor de una medida cautelar y obligó al Sanatorio Otamendi a suministrarle dióxido de cloro intravenoso a un paciente que está internado en grave estado por complicaciones derivadas del coronavirus. Se trata de una sustancia que no tiene eficacia para tratar la enfermedad, no posee la autorización de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) para su comercialización y cuyo uso podría ocasionar graves consecuencias en la salud. La institución apeló la medida.

La decisión fue del juez federal subrogante Javier Pico Terrero, quien determinó que se le administre dióxido de cloro al paciente Oscar Jorge García Rúa. El jueves pasado, el hijastro del hombre realizó una presentación judicial para que reciba urgente la administración de nebulizaciones de ibuprofeno de sodio y de dióxido de cloro.

El juez federal subrogante hizo lugar a la solicitud de la familia del paciente al considerar que “la cobertura de los tratamientos indicados no ocasionaría un grave perjuicio para la demandada, pero evita, en cambio, el agravamiento de las condiciones de vida de la actora”. En esa línea, determinó que el sanatorio porteño deberá “garantizar la implementación de los tratamientos prescriptos por su médico tratante”.

El dióxido de cloro es una sustancia utilizada como desinfectante de superficies y blanqueador de materiales orgánicos. Su ingesta tiene diversos efectos secundarios. La situación alertó a la comunidad médica, ya que la decisión judicial podría sentar jurisprudencia para recetar tratamientos que no están autorizados por las entidades regulatorias correspondientes. El presidente de la Sociedad Argentina de Infectología (SADI) Omar Sued dijo que desde la entidad evalúan qué acciones realizar en repudio a la medida.

“Si yo fuera un juez, trataría de buscar información de médicos antes de indicar algo que no conozco”, cuestionó. En esa línea, enfatizó: “El dióxido de cloro no es un tratamiento ni un medicamento y se ha asociado con casos de mortalidad. Es peligroso”.En agosto, un nene de cinco años oriundo de Neuquén murió tras ingerir la sustancia.

Ignacio Maglio, presidente del Comité de Bioética de la Fundación Huésped y asesor de la SADI manifestó a este medio que la decisión es “una aberración jurídica”. Ante la consulta de si un juez tiene la potestad de recomendar medicamentos no aprobados, explicó: “Es una extralimitación, un caso de desmesura que puede lindar con la mala praxis judicial”.

Indicó que el juez falló en base a lo planteado por un médico “habilitado para prescribir ese veneno”. Para él, el tema debe verse desde el costado de la responsabilidad judicial, pero también médica. “Hay que reflexionar sobre los límites de la actuación judicial y también sobre el terraplanismo sanitario, como los movimientos antivacunas y los planteos delirantes”, afirmó. Por último, dijo que es necesario “evaluar la capacidad e idoneidad de los médicos”.

Fuente TN

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