La abogada de la familia que reclama la tenencia de una menor en Eldorado responsabilizó a la jueza Corina Jones

La Jueza Corina Jones que ordenó la separación por la fuerza a una menor mediante una orden, todavía no fue removida de su cargo como se sostuvo en algún momento de este viernes convulsionado por el tema. Sandra Olcece, abogada de la familia Dávalos Barreto Rodríguez con quienes estaba viviendo la niña, manifestó su indignación por el caso y resaltó que la jueza no fue removida de su cargo.

Sandra Olcece – Radio República

 

Olcece señaló que no comprende la decisión de Jones y del Juzgado de Familia al negarle la adopción a la familia con la que vive cuando cumplen con todos los requisitos para solicitar la tenencia.

 

“Habría que preguntarles a los integrantes del Poder Judicial a cargo del Juzgado de Familia porqué se tardó tanto con el proceso de adopción. Es un juzgado que no tenía un juez natural, durante varios años se hicieron cargo subrogando los jueces civiles y laborales, hasta que en septiembre asumió la doctora Corina Jones. Entiendo que no es justificativo y que es una mora imperdonable, pero es lo que está sucediendo en los juzgados de la provincia” expresó Olcece.

 

Expresó que claramente esta decisión de Jones es una opinión subjetiva, ya que el matrimonio con el que vivía la niña está correctamente inscripto en el registro para aspirantes de adopción de niños en la provincia de Misiones, y que esto fue una cuestión que la Jueza omitió. Además, Olcece destacó que el matrimonio Dávalos Barreto creía que el proceso de adopción estaba en trámite y no estaban al tanto de que, para la Jueza, ellos solo eran considerados como una pareja que tenía el cuidado temporal de la menor.

 

“Hoy son una gran familia que abriga y contiene a esta niña de casi 4 años. No hay intereses contrapuestos acá” afirmó Olcece.

 

Apuntó que lo más preocupante en este caso es que en ningún momento pensaron en los daños irreparables que podrían causar en la menor, quien en estos momentos está bajo el cuidado de la pareja que Jones ordenó darle en adopción.

 

Además, explicó que en casos como este, donde la justicia le otorga a una familia el cuidado momentáneo de un menor, la situación siempre se vuelve complicada, ya que en el artículo 611 del Código Civil queda prohibida este tipo de guardas. Pero que cuando pasan tantos años conviviendo con esa familia y sobre todo teniendo en cuenta que cumplen con todos los derechos esenciales del niño, siempre el juez debe ponerse del lado del menor y priorizar su bienestar. En estos casos la justicia acompaña al juez de turno para que declare de oficio la inconstitucionalidad de este artículo y siga adelante con la adopción.

 

También contó que la familia Dávalos está formada por una de las hermanas biológicas de la niña del caso judicial y que ella personalmente se comunicó con la Jueza para pedir que su hermana siga viviendo con ellos.  “Yo me hago cargo” le aseguró la hermana a Jones, quien sin ninguna fundamentación coherente omitió su petición.

 

Finalmente afirmó: “Se trata de una sentencia arbitraria e injusta. Lo que va a lograr es generar jóvenes descontenidos, con este sabor de abandono, porque esta niña se ha sentido abandona por su madre. Y sobre todo de parte de un estado que le dio la espalda a través de la jueza Jones”.

 

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