Desde el Registro Provincial de las Personas implementaron los matrimonios a distancia: en Misiones hay dos parejas esperando casarse

Alejandra Soto, directora del Registro Provincial de las Personas, brindó detalles sobre la realización de matrimonios a distancia. Según precisó, esto ya era posible desde hacía tiempo atrás, avalado desde el Código Civil y Comercial: “Es un artículo donde se manifiesta que se pueden desarrollar matrimonios a distancia, prestando el consentimiento”.


El acta de matrimonio, explicó, es un instrumento público y por lo tanto debe cumplir con ciertas pautas de formalidad. “En el 2017 reglamentamos la celebración a distancia y en diciembre de ese mismo año determinamos los requisitos de consentimiento, a partir de eso tenemos dos maneras de celebrar el matrimonio a distancia”, sostuvo.

 

 

Sobre la primera forma, explicó: “Puede celebrarse en Misiones y que uno de los contrayentes esté en otra provincia. Presenta el consentimiento en el lugar donde se encuentra, nosotros lo recepcionamos acá y celebramos el matrimonio acá, siempre dejando constancia de la ley 26.403”.

 

La segunda modalidad, por otro lado, es que una persona se acerque hasta el Registro Civil y exprese que quiere contraer matrimonio, “prestando su consentimiento para celebrar la unión en determinada fecha y determinada provincia. En ese caso somos nosotros quienes debemos recepcionar el consentimiento de la otra persona”.

 

matrimonios a distancia

 

Sobre las actas, Soto precisó que “deben tener todos los recaudos que se toman en un acta de matrimonio, con la manifestación de voluntad expresa del esposo o esposa”. También los datos de los padres de los contrayentes, domicilio y si opta por el régimen de separación de bienes. “Y además deben venir con dos testigos que den fe de su aptitud nupcial”, acotó.

 

Cabe destacar que el acta de consentimiento tiene una vigencia de 90 días en Misiones. “Tenemos muchas consultas y hoy en la provincia tenemos a dos parejas que están esperando contraer matrimonio: una mujer en Apóstoles cuyo contrayente está en Entre Ríos y otro en Iguazú cuyo contrayente está en provincia de Buenos Aires”, informó.


Matrimonios a distancia: más que un deseo, una necesidad ante cuestiones de suma urgencia

 

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La directora del RPP reconoció que es posible que todos estos trámites se tornen “engorrosos” en algún momento del proceso, principalmente debido a que no se habían realizado anteriormente y aún restan tornillos que ajustar, además de todo lo que conlleva trabajar de forma articulada con organismos de otras provincias.

 

Expresó que estos casos se dan más por una cuestión legal que por el deseo de casarse. En ese sentido contó que uno de los casos en Misiones tiene que ver con la necesidad de los contrayentes de realizar los trámites correspondientes para que el hijo que tienen en común pueda incorporarse a la obra social de uno de sus padres.

 

Consultada sobre si en estos casos la unión también se celebra vía plataformas virtuales, sostuvo que “al estar reglamentado por cada registro civil, sí se podría realizar una ceremonia donde presenten consentimiento con cámaras y demás, pero sigue siendo necesario el escrito del contrayente que no está presente”.

 

El matrimonio se caracteriza, en primer lugar, por la decisión de casarse y tomar una vida en común, en conjunto con otra persona. Lo decidís porque estás enamorado y la ceremonia en sí es un acto sumamente profundo. Esta modalidad de hacerlo a la distancia ‘enfría’ el proceso porque no hay beso ni anillo ni te tiran arroz”, manifestó.


 

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