Coronavirus: conocé el protocolo a seguir para la habilitación del transporte a nivel nacional

Desde Nación presentaron el “PLAN DE EMERGENCIA -COVID19, PARA EL TRANSPORTE AUTOMOTOR” que define los lineamientos para la habilitación del transporte a nivel nacional.

 

 

Medidas de prevención generales y comunes para todos los destinatarios

 

Transporte
Protocolo a seguir

 

En consonancia con las recomendaciones emitidas por el MINISTERIO DE SALUD para el transporte, se deberá:

 

Extremar las condiciones de higiene en las unidades de transporte, cabeceras, terminales de ómnibus, ferroautomotoras y en todos los sitios donde transiten o permanezcan todos los actores vinculados a la actividad de los sujetos alcanzados.

 

Extremar las acciones tendientes al cuidado del personal asignado a la prestación de los servicios, mediante la colocación de suministros de alcohol en gel, soluciones a base de alcohol y/o cualquier otro insumo que recomiende el MINISTERIO DE SALUD, en lugares de fácil acceso.

 

El material de desecho debe disponerse siguiendo las guías emitidas por el Ministerio de Salud de la Nación y las recomendaciones de la Junta de Seguridad en el Transporte (JST), según surge del Anexo II de la Resolución 16/2020 de esa Junta de Seguridad.

 

Supervisar que los suministros para el lavado de manos (es decir, jabón, toallas desechables) estén constantemente disponibles.

 

Proveer elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón (podrán ser reutilizables), a los conductores y demás empleados que desarrollen tareas vinculadas a la actividad en las distintas instalaciones fijas de las empresas, conforme lo dispuesto RESOL-2020-95-APN-MTR.

 

A los fines de la obligación de proveer adecuadamente los elementos de protección de boca, nariz y mentón, se entenderá que la misma será cumplida cuando se trate de elementos de que resulten lavables sin afectar su eficacia en materia de protección. Cuando dichos elementos de protección hayan agotado su vida útil, deberán ser provistos nuevamente por las empresas.

 

 Los mentados elementos de protección de boca, nariz y mentón deberán ser industriales, no caseros.

 

Se permitirá el acceso a las bases operativas, únicamente al personal esencial, a quien se le tomará la
temperatura previa al ingreso al establecimiento. Quedará denegado el paso a cualquier individuo que
evidencie un cuadro febril o síntomas compatibles con el diagnóstico de Covid-19, convocando en esos
casos a los profesionales de salud para su rápido control y atención.

 

Implementar el teletrabajo y ejecución de tareas a distancia en todos los casos que no se correspondan con trabajos esenciales propios de la actividad.
Minimizar el contacto físico a través de la circulación de elementos, incluidos papeles y dinero, y fomentar el uso digital en cualquier transacción.
Instruir en forma permanente y comunicar eficientemente a todo el personal involucrado, sobre las indicaciones de distanciamiento social aprobadas por el Ministerio de Salud como así también de todas aquellas normas y medidas impartidas por dicha autoridad en el marco de la emergencia sanitaria.
Notificar y capacitar al personal respecto a los protocolos y normas emitidas por las autoridades nacionales y provinciales relacionadas a la pandemia COVID-19.

 

De acuerdo a nuevas recomendaciones del Ministerio de Salud, se deberá considerar que en estaciones y terminales jurisdiccionales –provincial y municipal- se garanticen las medidas de distanciamiento, se resguarde la accesibilidad exclusivamente a los pasajeros, se proceda a la ventilación, la desinfección y limpieza, en especial de los espacios comunes y sanitarios.

 

Asimismo, el Ministerio de Salud recomienda que se adopten los recaudos necesarios para que esas autoridades jurisdiccionales en acuerdo con los administradores de dichas estaciones y terminales, implementen los mecanismos necesarios para la toma de la temperatura de todos los trabajadores,
tripulantes y pasajeros.

 

Finalmente, el Ministerio de Salud aconseja que en todo momento del servicio -embarque, viaje y desembarque-, incluso en las terminales y estaciones jurisdiccionales, las autoridades locales prevean el manejo de casos y el rastreo de contactos estrechos, identificando la autoridad jurisdiccional responsable de activar el protocolo para ello y de desactivarlo, e identificando el lugar de derivación para internación y aislamiento y el modo de traslado hacia dichos lugares.

 


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