El escribano denunciado por estafa en la venta de un terreno dice que actuó conforme a derecho

El escribano que intervino en la venta de un terreno en Miguel Lanús, cuyo comprador denunció haber sido estafado, afirmó –a través de su abogado– que actuó a derecho conforme a la Ley Notarial y se reservó el derecho de intimar a los denunciantes.

Carlos Ariel Navarro – Radio Libertad


El abogado de la Escribanía Yegros, manifestó que las partes llevaron hecho el boleto de compra venta de la propiedad y que el escribano, solo certificó las firmas, tanto del comprador, como del vendedor.

 

Cabe recordar que los damnificados, identificado como Edgar Cueva Rojas y Ramona Emilce Elizabeth Lopetegui, presentaron una denuncia en sede policial, donde dejaron constancia de la estafa que le ocasionó la pérdida de 1.230.000 pesos. La familia estafada pagó por la propiedad en dólares y cuando fue a ocupar el terreno, apareció en escena una mujer que dice ser la verdadera dueña del lugar, aunque tampoco está probada su autenticidad como propietaria.

 

En la denuncia, Rojas manifestó que el pasado 5 de agosto tomó conocimiento a través de una conocida red social (Facebook) que se vendía un terreno sobre la calle Soberanía y Eva Perón de Miguel Lanús.

 

Con los damnificados se contactó un hombre identificado como Miguel V. (alias Villita), quién dijo ser abogado y representar al supuesto dueño del terreno a vender por una suma de 1.500.000 pesos.

 

Las conversaciones entre los compradores y el supuesto vendedor siguieron “hasta llegar a una conocida Escribanía, donde el escribano avanzó con la transacción y certificó que estaba todo bien con los papeles, a tal punto que se firmó un boleto de compraventa, por 1.200.000 pesos. Además, desde la Escribanía nos cobraron 30.000 pesos para gastos administrativos”, según relató a FM Libertad, Ramona Lopetegui, la mujer damnificada, junto a su esposo y hija.

 

Además, el Colegio de Escribanos convocó a una conferencia de prensa para este viernes al mediodía.

 

Descargo de la Escribanía

 

Carlos Ariel Navarro, es el abogado patrocinante de la Escribanía (Roberto) Yegros, acusado por la familia damnificada e ser parte de la estafa, junto a un falso gestor jurídico y otras personas.

 

En una entrevista que brindó a FM Libertad, el letrado afirmó que hay “bastantes inconsistencias en el sentido de falta de verdad y falta de conocimiento sobre el tema, de parte de la señora que está supuestamente haciendo este denunciado y de parte del profesional que la está asistiendo”.

 

Navarro, quién además se presenta como “especialista en documentación y contratación notarial”, aclaró que “hay dos cuestiones que tienen que ver (con el trabajo notarial): una tiene que ver con las obligaciones del escribano ante el acto realizado y segunda, lo que tiene que ver con la buena fe contractual”.

 

Respecto a la denuncia presentada por la familia damnificada, dijo que “esta gente llevó a la Escribanía un boleto de compra venta, un boleto de compra venta que no se hizo en Escribanía”.

 

Aseguró que “es un boleto compra venta que llevaron las partes, donde le solicitaron al Escribano que certifique la firma. Entonces la obligación del escribano conforme a la Ley Notarial y conforma al Código Civil y Comercial de la República Argentina, en cuanto a una certificación de firma es, investigar sobre la identidad de los firmantes. O sea, el escribano, en este caso, lo que hace es dar fe de la identidad de los firmantes del acto. No de la veracidad del documento, no lo hace el escribano, hay una gran diferencia entre lo que es un instrumento privado y un instrumento público”.

 

Recordó que “en el caso del instrumento privado, en este caso boleto de compra venta, como puede ser un contrato de locación, un contrato de compra venta de un automotor, lo hacen las partes. Ya llega el documento a la escribanía confeccionado y lo que se le solicita al escribano a cualquier escribano, es la certificación de la firma”.

 

Recordó asimismo que “en primer lugar, la certificación no es un requisito para que el contrato valga, el contrato vale con el consentimiento de las partes. Ahí se firma el contrato. Lo que pasa es que para darle mayor seguridad a los contratantes, lo que se hace es certificar la firma. Entonces, una vez que las firmas están certificadas, se genera un doble efecto que tenemos, el primero es la veracidad sobre la identidad de las personas y el segundo es la fecha cierta del documento. Diferente del instrumento público, que en este caso sí, la responsabilidad del escribano es plena en el instrumento público. Porque ahí, si el escribano en el caso una compra venta de un inmueble, cuando se realiza la escritura de venta del inmueble, el Escribano tiene que solicitar certificados de dominio certificado catastral, informe certificado de inhibición de la persona que vende. Hay sí, una serie de requisitos que el establece la Ley Notarial provincial al Escribano y también establece el Código Civil y Comercial que el escribano debe cumplir para llevar adelante una escritura. ¿Por qué?, Porque una escritura pública, goza de la fe pública, el Estado, pone en manos de los notarios esa facultad de poder dar fe pública del acto. Diferente es lo que lo que lo que se menciono ayer, porque ayer se mezcló absolutamente todo”, esto último en relación a la denuncia que presentó Cueva Rojas.
Más adelante, el abogado Navarro anunció que la “Escribanía Yegros está preparando una carta documento para que se dirijan tanto la señora como al profesional respecto de los dichos vertidos en el día de ayer”,
Por último, dijo que “las obligaciones del escribano de este acto, que están reguladas tanto por la Ley Notarial, como por el Código Civil Comercial, que en el caso de la certificación de firma, las certificaciones quedan asentadas en un registro donde las partes dejan, además del documento que traen para la certificación, documento privado que traen para la certificación, dejan asentada su firma y sus datos en este libro de requerimientos. Lo que se certifica la identidad de la persona”, concluyó.

 

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