Personal del Concejo Deliberante de Posadas se capacitará en el INFOGEP

El vicegobernador de Misiones Carlos Arce rubricó hoy con el presidente del Concejo Deliberante de Posadas, Facundo López Sartori un convenio marco mediante el cual se capacitará a los empleados del cuerpo deliberativo posadeño en el INFOGEP.

 

Con el objetivo de seguir capacitando y desarrollando el potencial del personal del Concejo Deliberante de Posadas, esta mañana el presidente del organismo firmó un convenio marco con el Vicegobernador de Misiones, Carlos Arce. La capacitación se realizará en el INSTITUTO DE FORMACION PARA LA GESTION PÚBLICA de la Provincia de Misiones (INFOGEP).

 

Carlos Arce en la firma del convenio con el Concejo Deliberante de Posadas
Carlos Arce en la firma del convenio con el Concejo Deliberante de Posadas

 

Según reza el acuerdo, las partes se comprometen a concretar acciones tendientes a la cooperación en el desarrollo y realización de actividades formativas de carácter cultural y técnico-profesional que ambas consideren de interés común, meramente de índole formativa y sin fines de lucro, cuyos resultados sean de acceso público.

 

En el marco de la pandemia por coronavirus, una de las prioridades fue la necesidad de agilizar los procesos de digitalización de los procedimientos, para lo cual el personal debe ser permanentemente capacitado.

 

Así, se acordará en los próximos días la agenda de temas y capacitaciones que den inicio de inmediato a las instancias de formación.

 

En la oportunidad tanto el Vicegobernador como las autoridades presentes, destacaron la política de trabajar en conjunto y poder sumar herramientas para el desarrollo profesional de los empleados y así brindar soluciones a las demandas de los posadeños.

 

Facundo Sartori en la firma del convenio con el Concejo Deliberante de Posadas
Facundo Sartori en la firma del convenio con el Concejo Deliberante de Posadas

 

 

CONVENIO MARCO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL entre el Concejo Deliberante de Posadas y la Vicegobernación de Misiones

 

En la ciudad de Posadas, a los Diez días del mes de Agosto del año 2020, entre LA VICEGOBERNACION DE MISIONES, representada en este acto por el INSTITUTO DE FORMACION PARA LA GESTION PÚBLICA de la Provincia de Misiones, en adelante “EL INFOGEP”, con domicilio constituido a todos los efectos legales en Avenida Santa Catalina N° 1778, ciudad de Posadas, por un lado; y el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE POSADAS, representado por su presidente, LIC. FACUNDO LOPEZ SARTORI,  denominado en adelante «EL CONCEJO», con domicilio constituido a todos los efectos legales en calle BOLIVAR Nº 1588 de la ciudad de Posadas, por el otro, quienes convienen en celebrar el presente CONVENIO MARCO, el cual será regido por las siguientes clausulas:

Considerando:

Que, en el contexto de las acciones que lleva adelante el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de la ciudad de Posadas, se ha priorizado el desarrollo de actividades de formación e instrucción para contribuir con el desarrollo pleno de las aptitudes de todos los agentes que forman parte de este honorable cuerpo.

Que, en esta línea resulta indispensable, generar desde las políticas públicas herramientas de gestión que permitan a los agentes públicos alcanzar el mayor grado posible de capacitación, para afrontar los desafíos del mundo actual.

Que, en este contexto se desprende la necesidad de brindar más y mejores servicios para todos los ciudadanos.

Por estas razones, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio Marco con arreglo a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Las PARTES se comprometen a concretar acciones tendientes a la cooperación en el desarrollo y realización de actividades formativas de carácter cultural y técnico-profesional que ambas consideren de interés común, meramente de índole formativa y sin fines de lucro, cuyos resultados sean de acceso público.——————-

SEGUNDA: A los fines del cumplimiento de los objetivos fijados en la cláusula primera, las PARTES podrán acordar el diseño y desarrollo de actividades y programas de cooperación recíproca mediante la implementación de cursos, talleres, seminarios, conferencias, eventos y pasantías a fin de capacitar y formar a los agentes sobre las materias de su competencia.——————————————————————–

TERCERA: Es objetivo del CONVENIO contribuir al desarrollo de un nuevo modelo de gestión basado en el planeamiento estratégico, optimizando tiempo y recursos y la calidad de los servicios con vistas a satisfacer necesidades de los ciudadanos, contribuyendo en el desarrollo de un Estado al servicios del ciudadano.——————–CUARTA: Las acciones que se decidan realizar como consecuencia de la aplicación del presente CONVENIO, deberán ser instrumentadas mediante la suscripción de Actas Acuerdo de Cooperación Específica, celebradas por “EL CONCEJO” y “EL INFOGEP”, cuya firma a los efectos de mayor celeridad administrativa, queda delegada en el Director General Académico del INFOGEP, Sr. Martín Esteban Gonzalez.———–

QUINTA: Los documentos que se elaboren, como resultado de los proyectos y las tareas realizadas en el marco del presente CONVENIO, sean parciales o definitivos, serán de propiedad intelectual de las PARTES.————————————————–

SEXTA: El presente CONVENIO tendrá una duración de DOS (2) años a partir de la firma del presente. Al vencimiento del mismo la renovación operará de manera automática por igual plazo de duración, y por una sola vez.———————————–

NOVENA: Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente CONVENIO en cualquier momento; para ello deberá notificar su voluntad por medio fehaciente y con un plazo de antelación no menor a treinta (30) días. Para el caso, los programas que se encuentren vigentes deberán ejecutarse hasta su efectivo cumplimiento.——————–

DÉCIMA: Para todos los efectos emergentes del presente CONVENIO, las partes se someten al fuero y jurisdicción de los Tribunales de Primera Instancia de la Primera
Circunscripción Judicial de la Provincia de Misiones, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderles, y a los mismos efectos constituyen domicilios especiales en los indicados en el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las comunicaciones y/o citaciones judiciales y/o extrajudiciales que hubiere lugar.—————————————————————

 

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD SE FIRMAN DOS (2) EJEMPLARES DEL MISMO TENOR Y A LOS MISMOS EFECTOS EN LA CIUDAD DE POSADAS, PROVINCIA DE MISIONES.———————————————————————

 

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