SOLICITADA: la Corte Suprema de Justicia tiene la posibilidad de terminar con el recorte de Recursos Fiscales para el Estado nacional y las provincias

Como consecuencia de la reciente publicación de un artículo en un matutino porteño en el que se advierte que por estos días la Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunciaría en una causa iniciada por la AFIP contra Tabacalera Sarandí, los abajo firmantes queremos alertar sobre el impacto negativo en la recaudación fiscal que generan actualmente una sucesión de medidas cautelares dictadas ininterrumpidamente desde 2016 (la última en el mes de junio del corriente) a favor de la mencionada empresa.

 

Gracias a estas medidas cautelares que han permitido exceptuar a Tabacalera Sarandí de pagar el Impuesto Mínimo a los cigarrillos aprobado oportunamente por el Congreso Nacional, se estima que el país ha dejado de recaudar unos $ 100.000 millones de pesos. Según consigna el artículo, solamente en 2020 ascendería a $ 40.000 millones el monto que el Estado Nacional dejaría de percibir justo cuando más recursos necesita.

 

Del total de los recursos perdidos en los últimos cuatro años, $ 56.000 millones se estima que dejaron de percibir las provincias en concepto de Impuestos Internos, IVA, Ingresos Brutos y Fondo Especial del Tabaco; principalmente Buenos Aires ($ 9.500 millones), Misiones ($ 4.200 millones), Salta ($ 4.000 millones), Jujuy ($ 3.600 millones), Tucumán ($ 2.500 millones), Chaco ($ 2.300 millones) Corrientes ($ 1.900 millones) y Catamarca (1.200 millones). Unos 32.000 millones de pesos habrían dejado de ingresar a las arcas del Tesoro para gastos presupuestarios del Gobierno Nacional y 12.000 millones de pesos sería la pérdida para el sistema de previsión social (Anses). En cuanto al Fondo Especial del Tabaco (FET), que financia infraestructura, desarrollo productivo, generación de empleo y asistencia de comunidades de las economías de las provincias mencionadas en el país, el recorte se calcula en más de 10.000 millones de pesos.

 

Esta situación afecta además injustamente a alrededor de 25.000 productores de tabaco y cerca de un millón de trabajadores de la cadena del cultivo.

 

Tabacalera Sarandí no es una Pyme, como aduce para pedir la eximición del pago del impuesto mínimo: se estima que posee alrededor del 20% del mercado de cigarrillos, que factura más de 20.000 millones de pesos al año y tiene un convenio con la cuarta tabacalera más grande del mundo, la empresa multinacional británica Imperial Tobacco.

 

No es este el único caso, recientemente otros jueces federales brindaron idénticas exenciones a otras dos empresas tabacaleras, Espert S.A. (en provincia de Buenos Aires) y Tabes S.A. (en provincia de Salta), por lo que el riesgo inherente de incrementarse aún más la cantidad de fabricantes con un régimen impositivo de menor tributación pone en alerta a todos los actores intervinientes del sector.

 

El origen del impuesto mínimo a los cigarrillos se remonta al año 2004, cuando Néstor Kirchner, y su entonces jefe de Gabinete, Alberto Fernández, decretaron la creación del “Convenio para mejorar la recaudación y evitar la evasión en el mercado de cigarrillos”. En 2008, la entonces Presidenta Cristina Fernández de Kirchner envió un proyecto al Congreso para darle carácter de ley a la figura del impuesto mínimo, que fue aprobado mediante la Ley N°26.467. Posteriormente, en 2017, la Reforma Tributaria impulsada por el gobierno de Mauricio Macri y aprobada por el Congreso (Ley 27.430) modificó la forma de cálculo del impuesto mínimo creado durante el gobierno de Cristina Kirchner. El nuevo cálculo determinaba un gravamen fijo ajustable por inflación.

 

La Procuración General de la Nación ya emitió un dictamen en contra de que prosigan las medidas cautelares para evitar el pago del impuesto mínimo y solamente resta la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

 

Por lo antes expuesto, los actores de la cadena solicitamos respetuosamente al máximo tribunal, considerar los argumentos aquí expuestos para poner fin al brutal recorte de ingresos al Estado Nacional, las provincias y a toda la cadena del tabaco.

 

Cámara de tabaco de Salta. Asociación de Plantadores de Tabaco de Misiones. CTM. Cámara de Productores de Tabaco de Tucumán. Asociación de Productores Tabacaleros de Tucumán. Cámara de Tabaco de Misiones. COPAT. Cámara de Tabaco de Jujuy. Cámara de Distribuidores de tabaco de República Argentina (CDTRA). Cámara de Tabaco de Corrientes. Massalin Particulares. 

 

Corte Suprema de Justicia