El Gobierno de la Ciudad de Oberá presenta un proyecto de ordenanza para la creación del Registro Único de Alojamientos

En miras de reconocer que el turismo es una política de Estado municipal y unas de las fuentes de crecimiento y desarrollo sostenible, el proyecto de ordenanza se dirige a reorganizar a los actores principales del sector y generar un marco legal de contención y regulación actualizada, como así también una base de datos e informes para la Dirección de Turismo, el Departamento de Comercio, los turistas y los ciudadanos en general.

 

La ciudad de Oberá cuenta con una gran oferta de alojamientos que en la actualidad se encuentran dispersos en el ejido municipal, algunos de ellos de manera informal, imposibilitados de un encuadre jurídico especifico e impedidos así de la obtención de líneas créditos, subsidios, asistencia o promoción, ya sean brindadas desde el Estado como también de la entidad intermedia que los representa.

 

Además, el Departamento de Comercio municipal cuenta con denominaciones que resultan imprecisas al momento de otorgar la habilitación comercial, por consiguiente, las demás áreas intervinientes se ven en la misma situación de precisar el encuadre adecuado al emprendimiento.

 

Por otra parte, es necesaria una modernización, pues la actividad del sector es regulada por una normativa que data del año 1980 con la Ley Provincial 1299 y sus Decretos Reglamentarios 3108/80 y 476/81; la Disposición 05/10 y la Resolución 101/13; las cuales no contemplan en la actualidad a nuevas modalidades de hospedajes que se fueron originando a lo largo de los últimos años.

 

En ese contexto, con el objetivo de cumplir con la política estratégica de turismo que prevé el Artículo 93 de la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Oberá y de responder a las necesidades del turismo regional, nacional e internacional, desde el Ejecutivo municipal se elaboró un proyecto de ordenanza para crear un Registro Único de Alojamientos (RUA), el cual será enviado al Concejo Deliberante municipal para ser analizado y debatido, primero en Comisión, mañana viernes 3 de julio, y luego, en fecha a determinar, en sesión plenaria.

 

Consultado al respecto, el Dr. Fernando Vitelli, titular de la Secretaría Privada de la Intendencia y a cargo también de la Dirección Municipal de Turismo, evaluó que “la figura del RUA va a brindar un marco legal de contención, regulación, organización y por sobre todo un reconocimiento al sector alojamientos. Además va a prestarle una colaboración muy valiosa al Estado municipal y a la Cámara de Turismo de las Sierras Centrales, porque va a tener la posibilidad de crear una base de datos e informes siempre beneficiosos para todos los agentes involucrados en la actividad, como lo son nuestra Dirección de Turismo, el Departamento de Comercio, los turistas y los ciudadanos en general”.


Los puntos más importantes del proyecto de ordenanza destinado a crear el Registro Único de Alojamientos en Oberá:


-La propuesta brinda una definición del alojamiento turístico: establece que es aquel ofrecido por personas físicas o jurídicas que presten servicio de hospedaje mediante contrato al público por periodos no menores al de una pernoctación con o sin prestación de servicios complementarios;

 

Clasifica a los alojamientos en:

 

a) Alojamiento Turístico Hotelero: comprende el brindado en modalidades tales como: Hotel, Apart Hotel, Hotel Boutique, Hostería, Residencial, Hostel, Albergues Juveniles, Cama y Desayuno (Bed & Breakfast), Cabañas, Casas o Departamentos con Servicios y Alojamiento Turístico Rural, Lodge y Ecolodge;

 

b) Alojamiento Turístico Extrahotelero: incluye las siguientes modalidades: Casa Alquiler Temporario (CAT) o Departamento Alquiler Temporario (DAT);

 

c) Aquellas nuevas modalidades de alojamiento que pueden incorporarse o desarrollarse como consecuencia de la evolución de la actividad;

 

-Además de los puntos mencionados, para la categorización del alojamiento turístico se tendrá en cuenta: la antigüedad de la edificación y su mantenimiento; su funcionalidad y el estado general del edificio; el acondicionamiento y la decoración general; la conservación de muebles, la ropa de cama e instalaciones sanitarias y eléctricas. Asimismo, deberán valorarse elementos diferenciales, condiciones, cualidades o características distintivas en las prestaciones y en el edificio.

 

-La categorización tendrá una vigencia de tres años a partir del dictado del acto que establece la misma, mientras que el pedido de recategorización deberá ser solicitado por el propietario y/o responsable de la explotación con un tiempo anticipado al vencimiento de tres meses;

 

-Se efectuarán todas aquellas verificaciones o auditorías que se estimen necesarias para el control de calidad en la prestación de los servicios y en las condiciones del edificio;

 

-El propietario y/o responsable de la explotación deberá comunicar a la autoridad de aplicación (es decir la Dirección de Turismo) toda modificación de razón social, titularidad, denominación comercial, cambio de domicilio, cese o suspensión de los servicios, cambio de modalidad en la prestación y/o remodelación de las instalaciones dentro un plazo no mayor a treinta días después de que los mismos hayan ocurrido.

 

 

Estos son algunos de los puntos más importantes de este proyecto de ordenanza ideado por las autoridades de la Municipalidad de Oberá, cuyo primer tratamiento en Comisión en el Concejo Deliberante obereño tendrá lugar este viernes 3 de julio a las 10:00.

 

F.S.

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