Proyectan implementar programa ambiental para recolectar y eliminar los medicamentos domiciliarios en desuso y desalentar la automedicación en Misiones

Ingresó a la Legislatura provincial un proyecto de la diputada Natalia Rodriguez (FR) que busca la eliminación controlada y segura de los medicamentos pos consumo y que reciban la calificación de residuos peligrosos “porque si se arrojan en el ambiente, pueden acarrear severas consecuencias”, aclaró la legisladora.

 

Misiones es celosa defensora del medio ambiente y de las especies que habitan en su suelo. En esa línea, la diputada provincial Natalia Rodríguez (Frente Renovador)  presentó en la Legislatura un proyecto para la implementación del Programa de Recolección y Eliminación de Medicamentos Domiciliarios en desuso, “que tiene como objeto la recolección y eliminación controlada y segura de medicamentos pos consumo que se almacenan en domicilios particulares, a través de la logística inversa de la cadena legal de comercialización de medicamentos; con la finalidad de proteger la salud de la población, preservar el medio ambiente y prevenir las consecuencias negativas de la automedicación”.

La legisladora argumentó la iniciativa en su preocupación por la detección de residuos de varios tipos de medicamentos en diferentes compartimentos ambientales (principalmente en aguas residuales, superficiales y profundas; pero también en suelo, aire y biota). “La presencia de productos farmacéuticos residuales en el ambiente, pueden causar efectos nocivos en los organismos acuáticos y terrestres con influencia en todos los niveles de la jerarquía biológica: célula-órgano-cuerpo-ecosistema”. Además, Rodríguez insistirá en que se declare “como residuos peligrosos a los medicamentos pos consumo que se almacenan en domicilios particulares y que son eliminados sin un tratamiento adecuado; contaminando el suelo, el agua o el ambiente y causando daño a los seres vivos en general”.

En dos etapas

El proyecto contempla que “el Programa de Recolección y Eliminación de Medicamentos Domiciliarios, será implementado en las farmacias habilitadas de la provincia de Misiones; teniendo en cuenta las condiciones de protección del ambiente y de la salud humana, conforme lo dispuesto por la Ley XVI – N° 63”. La legisladora precisó que, de aplicarse, se articulará en 2 etapas:

“Etapa I: Recolección y centro de almacenamiento inicial en farmacias, de conformidad con lo que establezca la Autoridad de aplicación. En aquellos supuestos en que los residuos tengan como destino un centro de almacenamiento secundario, deberán ser acondicionados según los requerimientos que imponga la Autoridad de Aplicación.

Etapa II: Transporte, tratamiento y/o disposición final del residuo de conformidad con lo establecido en la Ley XVI – N° 63 y lo que establezca la Autoridad de Aplicación”.

Será “autoridad de aplicación de la ley el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables en conjunto con el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Misiones”, indicó.

“En la situación actual respecto a la eliminación de medicamentos acopiados en domicilios, es común observar que en algún sitio de nuestros hogares tengamos almacenados diferentes tipos de medicamentos (comprimidos, jarabes, pomadas, etc.) productos de tratamientos inconclusos o sobrantes de tratamientos médicos o porque algún pariente o amigo nos lo proporcionó. Dichos medicamentos, en el mejor de los casos se encuentran ordenados dentro de un cajón de algún mueble, o en una caja llamada botiquín o “caja de remedios”, con la intención de ser utilizados en una próxima oportunidad. Otras veces vemos que los restos de medicamentos se encuentran sueltos en un sin número de lugares de nuestros hogares: como la puerta de la heladera, arriba o dentro de una vitrina, en las mesas de luz o placard del dormitorio, alacenas de cocina, etc”, consideró la diputada.

Y agregó: “El tiempo pasa y cuando recurrimos a ellos por una nueva necesidad nos podemos encontrar con la siguiente situación: su fecha de vencimiento a caducado o ya no tiene el mismo color, sabor u oportunidades que antes, sus envases se rompieron, etc. En ese momento nos damos cuenta que ya no nos sirven y decidimos descartarlos inmediatamente o los dejamos para hacerlo en otra oportunidad. El común de las personas los elimina tirándolos junto con la basura domiciliaria o por el inodoro de su baño”.

El rol de las farmacias

En la iniciativa es clave el rol de las farmacias, que deberán:

  1. Disponer los contenedores en lugares visibles y de fácil acceso para el depósito de los medicamentos por parte de la población; y tendrá una división para colocar los medicamentos
  2. Proporcionar y difundir información a la población, relativa a la contaminación ambiental y daño a la salud, y a la implementación del Programa de Recolección y Eliminación de Medicamentos Domiciliarios.
  3. Descartar los residuos peligrosos según legislación vigente.
  4. Conservar los manifiestos correspondientes.

La diputada explicó asimismo cuál es la modalidad que se emplea en todos los lugares para la eliminación de los medicamentos pos consumo de origen domiciliario: “logística inversa”.

“El Decreto N° 1299/97 (comercio de los medicamentos) reglamentó el procedimiento de devolución de medicamentos vencidos, por parte de los establecimientos intervinientes en la cadena de comercialización, al respectivo laboratorio. En nuestra cadena de comercialización del medicamento ya existe está modalidad, solo que parte desde las farmacias y no desde el consumidor final. Es decir, el camino ya estaría siendo implementado, faltaría agregarle los medicamentos pos consumo de origen domiciliario que se recogerían en las farmacias. De todas formas, como en nuestra provincia a la fecha no contamos con laboratorios privados productores de medicamentos, es necesario plantear la todas las etapas hasta la disposición del destino final según legislación vigente desde las farmacias”, detalló.

“Claramente y sin temor a equivocarnos podemos decir que en materia ambiental, la provincia de Misiones se encuentra sumamente avanzada, no solo por su regulación en materia de protección y conservación de los recursos naturales, que data del año 1955 con la sanción de la Ley Nº 9 de Conservación del Suelo Agrícola y Nº 10 de protección de la fauna silvestre, sino por contar con la autoridad de aplicación de la materia, el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables, desde el año 1984”, remató.

 

 

DG

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