La cuarentena en Misiones seguirá con mayor actividad en la administración pública, todavía sin transporte de media distancia y con probable incorporación de algunos deportes

El gobernador de Misiones Oscar Herrera Ahuad explicó cómo será la siguiente fase de la cuarentena en la provincia, a partir de mañana. Explicó que habrá mayor presencia de empleados de la administración pública, más posibilidades de actividad física, ya no solo recreativa, sino también alguna deportiva. Seguirá por ahora sin funcionar el transporte de media distancia y continuarían cerrados para atención al público los locales gastronómicos.

En diálogo con Misiones Online el mandatario dijo que, en esta nueva etapa, en lo que hace a la administración pública provincial habrá mayor apertura, dando responsabilidades a los diferentes entes administrativos ministeriales, para convocar a quienes consideren necesario y continuar con una etapa superadora a la anterior, siempre tomando el resguardo de las personas especialmente de riesgo, cada lugar con su protocolo establecido. “Así que estamos esperando al martes, donde vamos a ver que la adminsitracion va a tener más actividad”.

Sobre la posibilidad de la reapertura de los locales gastronómicos, Herrera Ahuad indicó que por ahora están realizando el análisis de los primeros resultados de la semana anterior, (apertura de locales comerciales) y que todavía “veo con un poco de dificultad que entremos en esa etapa, no por el perfil de la pandemia, sino porque vamos con la responsabilidad justamente de evitar la aglomeración de las personas, y la menor circulación posible con tiempos restringidos”.

Sin embargo adelantó que si se encuentran analizando que durante esta semana, si la epidemiologia lo permite, se pueda ir habilitando mayor actividad física, incluyendo alguna actividad deportiva, que se va a estudiar esta semana.

En lo que hace al transporte de media distancia, que es el que depende de la provincia, “vamos a analizarlo cuando tengamos los números del cierre de semana estadística, creo que primero vamos a tener que trabajar mucho sobre la protocolización de las áreas correspondientes, y una vez que eso esté determinado, recién hablar de lo que hace al transporte de media distancia, no nos queremos apurar. Esto muy pocas provincias lo están haciendo. Yo lo tomo con mucha cautela por el contexto regional que tenemos en Misiones, nosotros nos abastecemos mucho de Chaco, y ustedes saben cómo está Chaco en materia epidemiológica, es una situación muy compleja. Además hay mucha gente que llega de otros lugares de la Argentina, tenemos más de dos mil personas que están en aislamiento preventivo, que vienen de lugares que están en situación de riesgo, así que vamos a ser muy cautos, porque además tenemos el entorno regional de Brasil que es un entorno extremadamente complejo. Así que con prudencia, pero con enorme responsabilidad, vamos a poder ir abriendo el resto de las actividades en este tiempo que nos queda”.

Por último Oscar Herrera Ahuad habló del dengue. Contó que el viernes a la tarde se recibió una parte importante de los reactivos de Nación, para poder hacer los análisis de rutina para tipificar el dengue. “Es una problemática inmensa esta enfermedad porque si bien ha disminuido y se ha aplanado la curva, por estos días de frio, Misiones y el contexto de la región hace que esta haya sido una de las epidemias más fuertes que hayamos tenido en estos últimos años. Sumando Brasil y Paraguay que han notificado más de un millón de casos, el contexto de brote epidémico está muy controlado aquí en este último tiempo. También estamos trabajando con la comisión nacional de energía atómica en el proyecto que es la liberación de mosquitos estériles, para hacer el control biológico de la enfermedad”.

Aquí la parte resolutiva del decreto 678 del gobierno provincial, donde se refiere a la extensión de la cuarentena en lo que hace a la administración pública:

ESTABLECESE a partir del dia 26 de Mayo del corriente año, un Régimen Especial de Funcionamiento de la Administración Pública Provincial, en el marco de la emergencia epidemiológica y sanitaria provincial, por dengue y coronavirus COVID-19, dispuesta por Decreto N° 330/20, que se regirá por las siguientes reglas: a) El personal de la Administración Central, Entes Autárquicos y Organismos Descentralizados, deberá prestar el débito laboral desde su domicilio, a menos que sea convocado a hacerlo presencialmente conforme lo dispuesto por el ARTÍCULO 2º.

Pág. 4. BOLETÍN OFICIAL Nº 15156 Posadas, Domingo 24 de Mayo de 2020 2020 – Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano; de la Donación de Sangre, Órganos y Tejidos yde la Enfermería Misionera” PROVINCIA DE MISIONES GOBERNACION b) Estricto cumplimiento del protocolo de actuación sanitaria, conforme Decreto N° 590/20 y demás disposiciones sanitarias emanadas por las autoridades competentes, en base a los cuales se deberán adecuar las prestaciones laborales del personal, así como el funcionamiento de las distintas áreas.

ARTÍCULO 2º INSTRUYASE a los señores Ministros Secretarios, máximas autoridades de Entes Autárquicos y Organismos Descentralizados, a reorganizar el cumplimiento de las funciones laborales del personal a su cargo, así como el funcionamiento de las distintas áreas bajo su dependencia, a los fines que la actividad en sus respectivas jurisdicciones se desenvuelva en estricta observancia del protocolo de actuación sanitaria, aprobado por Decreto N° 590/20 y demás disposiciones sanitarias emanadas por las autoridades competentes. A tales fines, deberán convocar al cumplimiento presencial de las funciones laborales, al personal que resulte estrictamente necesario.

ARTÍCULO 3º DETERMINASE que los agentes y empleados que no hayan sido convocados conforme el artículo precedente, o que se encuentren en usufructo del beneficio establecido en el Decreto N° 344/20, deberán continuar prestando el débito laboral desde su domicilio, poniendo a disposición su capacidad laboral, conforme le fuera requerido por la superioridad, implementándose para ello estrategias de trabajo a distancia y teletrabajo.

ARTÍCULO 4º ESTABLECESE que el personal referenciado en el ARTÍCULO 3º no verá afectada la percepción de las remuneraciones normales y habituales, como así tampoco de los adicionales, que por ley, decreto o convenio le correspondiere percibir a la persona trabajadora.

ARTÍCULO 5º ESTABLECESE que el Régimen Especial de Funcionamiento de la Administración Pública Provincial, establecido en el ARTÍCULO 1º, se mantendrá hasta el final de la emergencia epidemiológica y sanitaria provincial dispuesta por Decreto N° 330/20; siempre que las condiciones epidemiológias y la evaluación de riesgos, no hagan oportuna y conveniente su modificación.

ARTÍCULO 6º INSTRUYESE a los señores Ministros Secretarios, máximas autoridades de Entes Autárquicos y Organismos Descentralizados, a informar al Ministerio de Salud Pública, todas las medidas adoptadas en virtud de lo Posadas, Domingo 24 de Mayo de 2020 BOLETÍN OFICIAL Nº 15156 Pág. 5. 2020 – Año del Bicentenario del Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano; de la Donaciónde Sangre, Órganos y Tejidos yde la Enfermería Misionera” PROVINCIA DE MISIONES GOBERNACION dispuesto por el presente decreto, en el plazo de dos días desde el dictado de las mismas. El Ministerio de Salud Pública podrá formular observaciones o modificaciones a las mismas, si las circunstancias y condiciones de circulación del coronavirus COVID-19 así lo determinen.

ARTÍCULO 7º ESTABLECESE respecto del personal que a la fecha ya haya sido citado a prestar servicio de forma presencial, conforme lo dispuesto por los artículos 3° y 4° del Decreto N° 587/20 y sus antecedentes, no será necesaria una nueva convocatoria.

ARTÍCULO 8º SUSPENDANSE los plazos y términos administrativos durante los días 26, 27, 28 y 29 de mayo, 1, 2, 3, 4 y 5 de junio de 2020. ARTÍCULO 9º INSTRUYESE al Consejo General de Educación y al Servicio Provincial de Enseñanza Privada de Misiones, a adoptar las medidas que correspondan para establecer la suspensión del dictado de clases presenciales, en todos los niveles del sistema educativo provincial, hasta tanto se disponga otra medida.

ARTÍCULO 10º INSTRUYESE a los Directorios de las Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria y Sociedades de Economía Mixta controladas por el Estado Provincial, a tomar la medidas societarias que resulten pertinentes, a fin de adoptar un régimen de funcionamiento acorde a lo dispuesto por el presente decreto, resultando aplicable lo dispuesto por el ARTÍCULO 6º.

ARTÍCULO 11º PRORROGASE el Decreto N° 331/20 hasta el vencimiento de la Emergencia Sanitaria dispuesta por Decreto N° 330/20.

GP

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas