Coronavirus: la Administración Pública provincial ya tiene un protocolo estandarizado para todos los organismos

La Administración Pública de Misiones ya tiene un protocolo sanitario establecido para su funcionamiento, elaborado por la subsecretaría de Legal y Técnica y publicado este viernes en el Boletín Oficial de la provincia.

 

El protocolo de actuación sanitaria será de aplicación obligatoria en todos los ámbitos del Estado provincial que incluye a la administración central, los entes autárquicos, organismos descentralizados, a las sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria y sociedades de Economía Mixta controladas por el Estado provincial.

 

El documento de rigor aclara que determinadas unidades administrativas debieron continuar trabajando de manera excepcional a partir de la puesta en vigencia del aislamiento social, preventivo obligatorio, siempre teniendo en cuenta las medidas de prevención recomendadas por la autoridad sanitaria y “ante ello fueron instrumentando en las distintas reparticiones, protocolos sanitarios para evitar el contagio y la propagación del coronavirus Covid-19”.

 

Considera necesario asimismo “aprobar un protocolo sanitario único para toda la Administración Central, Entes Autárquicos y Organismos Descentralizados, que contengan las medidas y cuidados mínimos para evitar la propagación del coronavirus” y que dicho protocolo servirá como estándar, respecto del que cada repartición podrá establecer sus pautas complementarias de implementación”.

 


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Asimismo se deja expresamente establecido que “cada una de las medidas que se dicten deberá ser inmediatamente comunicada al Ministerio de Salud Pública, quien podrá formular observaciones o modificaciones a las mismas, si las circunstancias y condiciones de circulación del coronavirus Covid-19 así lo determinen”.

 

Protocolo de Seguridad e Higiene para la Administración Central

El decreto firmado por el gobernador Oscar Herrera Ahuad sostiene que “en el marco de la declaración de emergencia pública en materia sanitaria, se adopta, implementa el siguiente ‘Protocolo de Seguridad e Higiene’, en consonancia con las recomendaciones de las carteras competentes nacionales y de la Organización Mundial de la Salud”.

Las medidas obligadas son las siguientes:

1) Manténgase el aislamiento social domiciliario preventivo y obligatorio para todos aquellos que no se encuentren incluidos en las excepciones establecidas, tanto por la normativa provincial como la nacional vigente en el marco de la emergencia sanitaria.

2) Realizar higiene de manos de manera FRECUENTE, con agua y jabón neutro o alcohol en gel.

3) Mantener una distancia de 2 metros o más entre personas.

4) Al toser o estornudar hacerlo en el pliegue del codo o pañuelos descartables.

5) Evitar contacto de las manos con ojos, nariz y boca.

6) Mantener lugares aireados continuamente.

7) Ventilación adecuada de todos los ambientes. Se ventilarán todos los lugares de trabajo y tratando de favorecer ambientes secos.

8) No compartir infusiones ni objetos de uso personal.

9) Realizar limpieza y desinfección frecuente de todas las superficies que pueden tener contacto con las manos en las instalaciones del espacio de trabajo. Se reforzará la rutina diaria de limpieza en los lugares de trabajo comunes con alcohol al 70%, baño y vestuario con lavandina en dilución acorde a norma nacional y sin agregado de otros productos, etc.

10) Limpieza de pisos conforme lo recomienda la Organización Mundial de la Salud (dos trapeados) antes del inicio del ingreso del público y personal como también al final de cada jornada.

11) Las oficinas e instituciones deberán disponer en los espacios de circulación o espera de público, de medidas que garanticen la seguridad sanitaria, disponiendo de acciones como: separación de sillas (deberá guardarse una distancia mínima de 2 metros entre cada una), asignación de turnos online, o bien disponer medidas para el ingreso reducido o por tandas de las personas.

12) Distanciamiento social: se mantendrán los protocolos vigentes en materia de evitar abrazos, besos, estrechar manos con administrados, empleados o colegas de trabajo, compartir objetos, infusiones, etc.

13) Las actividades se desarrollarán con campañas de divulgación sobre los buenos hábitos de higiene y medidas preventivas.

14) Recomendaciones visuales: las oficinas y salones de atención al público o de concurrencia de personas, deberán contar, especialmente en el acceso a las instalaciones y en lugares de mayor visibilidad, con información sobre las medidas de prevención y seguridad sanitaria, la que deberá incluir los aspectos mencionados en el presente apartado.

15) Persona que haya regresado de viaje de cualquier parte del mundo debe realizar el aislamiento y dar aviso al 0800 444 3400.

16) Persona que estuvo en contacto con caso confirmado o sospechoso debe realizar aislamiento por 14 días y solicitar se le realice el test correspondiente.

17) Restringir el acceso a personas de riesgo (entre ellas, mayores de 60 años o con problemas de base respiratoria o diabetes).

18) Ratifíquese los denominados grupos de riesgo, comprendiendo en dicha enumeración a personas mayores de   60 años, embarazadas, personas con enfermedades respiratorias crónica: enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo, personas con enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas, personas con inmunodeficiencias, personas con diabetes, insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses. Las personas mayores de 60 años que sean consideradas personal esencial o estén afectados a alguna actividad crítica o de prestación de servicios indispensables, no se encontrarán enmarcados en el presente, salvo que presenten las comorbilidades mencionadas para los grupos de riesgo.

19) El uso de cubrebocas / tapabocas / barbijos generalizado en espacios públicos o de uso o concurrencia de personas es obligatorio.

20) Instrucción a autoridades de cada área para que reduzcan la presencia de trabajadores al mínimo indispensable en cada área a cubrir, viéndose la posibilidad de organizar equipos de trabajo que roten en horarios.

21) Respecto de atención al público se deberá diagramar una mecánica de ingreso, de manera tal que asegure presencia mínima de personas dentro del local/oficina, formando para ello filas desde las puertas de ingreso para afuera, viendo de asegurar sillas para que descansen las personas mayores de edad.

22) Sustitución de la mayor cantidad de trámites por vía digital con derivación de actividades a los hogares de los trabajadores; para ello podrá implementarse la digitalización de actuaciones administrativas, su escaneo y utilización a través de plataformas web (drive, nubes de almacenamiento de datos), la emisión de documentos digitalizados que permitan dinamizar y ejecutar acciones de teletrabajo desde sus hogares.

23) Prohíbase a los agentes, concurrir a sus lugares de trabajo con menores de edad.

24) Establecer la total prohibición de concurrencia a agentes que manifiesten sintomatología afín a Covid-l9 (fiebre, tos seca, opresión en el pecho por falta de aire y demás indicadas por el Ministerio de Salud Pública).

25) Se establece la obligatoriedad de cada agente de la administración pública a denunciar y efectuar el llamado a las líneas de asistencia correspondientes en caso de percibir síntomas deja enfermedad en cuestión.

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