Coronavirus: el Poder Judicial de Misiones prorrogó la suspensión de plazos procesales hasta el 10 de mayo

Con fecha 30 de abril, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Misiones publicó el acuerdo extraordinario 10/2020 con “medidas conducentes para continuar con una adecuada prestación de servicios de Justicia”.

 

En el documento señalan que ese alto cuerpo judicial dispone “la prórroga de la suspensión de plazos procesales desde el día 4 de mayo de 2020 hasta el día 10 de mayo de 2020, inclusive, estableciendo que las actividades judiciales se llevarán a cabo conforme lo normado en las acordadas oportunamente dictadas y las que en su consecuencia se dicten” y por ello  “se hace saber tanto a los operadores judiciales como a los profesionales, que se mantiene en vigencia la aplicación del artículo 144 de la Ley IV N° 15 con las flexibilizaciones oportunamente acordadas con el Colegio de Abogados de la Provincia de Misiones”.

 

Asimismo, el STJ deja sin efecto el punto segundo de la acordada 37/2020 y en consecuencia “en lo referente al personal administrativo y de maestranza, podrá convocarse hasta un máximo de cinco personas -cuatro administrativos y un ordenanza- sin perjuicio de que el jefe de dependencia podrá convocar personal complementario solicitando previamente la autorización correspondiente a Secretaria de Personal”.

 

Aclara que “el personal convocado deberá ser aquel que, en la medida de lo posible, no utilice el transporte público por lo que se deberá priorizar la elección de aquellos que cuenten con medios de movilidad propia y/o cercanía a su lugar de trabajo. A dichos fines, los jefes de dependencia deberán expedir el permiso de circulación”.

 

A los profesionales, el STJ indica que “en principio, deberán abstenerse de concurrir a las dependencias judiciales debiendo hacer uso, a los fines de evacuar sus consultas, de todos los medios tecnológicos habilitados a dichos efectos: consultas vía SIGED, correo Zimbra, teléfonos habilitados y publicados en página web oficial del Poder Judicial” y que “en caso de que por razones excepcionales se requiera asistir a las dependencias judiciales, deberán solicitar el turno correspondiente a través de los canales habilitados: vía telefónica o mediante correo Zimbra”.

 

En este sentido, hacen saber que los profesionales aludidos “podrán subir todo tipo de escritos en forma digital haciendo uso de la plataforma SIGED con la correspondiente constitución como depositario judicial del original que conserva en su poder. Dentro de las presentaciones efectuadas tendrán prioridad aquellas que se ajusten al Art. 144 de la Ley IV N° 15 y las flexibilizaciones oportunamente acordadas con el Colegio de Abogados de la Provincia de Misiones”.

 

Se mantienen como canales de comunicación permanente: la Mesa Virtual Zimbra, a efectos de comunicarse directamente con los juzgados respecto del trámite de las causas, a través de los correos institucionales de las dependencias, [email protected] a los fines de evacuar las consultas y/o informar cuestiones de otra naturaleza, o poner en conocimiento inconvenientes que puedan surgir con el SIGED que requieran los Sres. Profesionales.

 

En cuanto a la Mesa de Entradas Única informatizada, aclaran que funcionará con la misma metodología de convocatoria que el resto de las dependencias. Asimismo, “recibirá todo tipo de causas siempre y cuando el profesional obtenga mediante vía telefónica o correo zimbra el turno correspondiente, el cual será dado, considerando la cantidad de causas que deba iniciar cada uno”, señala el comunicado.

 

Por último, el STJ hace una exhortación a los Justiciables: “Se ruega a la ciudadanía, evitar en lo posible concurrir a las dependencias judiciales salvo en casos excepcionales y previa justificación de la causa que lo requiere. En las oficinas de Defensorías de Posadas y Secretaría de Acceso a Justicia se obtendrán tumos vía web, mediante la aplicación creada al efecto o dentro de la página oficial del Poder Judicial. En las demás dependencias, mediante llamadas telefónicas a los números que figuran en el sitio web del Poder Judicial www.jusmisiones.gov.ar”.

 

CP

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