Ingreso Familiar de Emergencia: ¿a quiénes les corresponde cobrar?

El Gobierno nacional anunció el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) por única vez, aunque el pago puede llegar a repetirse si se prorrogan el aislamiento.

 

El Gobierno nacional anunció el lunes el pago de un Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) por $10.000 por única vez, aunque el pago puede llegar a repetirse si se prorrogan las medidas de aislamiento. Mientras se terminan de definir los detalles (que serán publicados en una reglamentación especial), surgieron algunas dudas respecto del cobro. minutouno.com se comunicó con Anses y AFIP para responder algunas respuestas.

 

1- Si los hijos mayores de 18 años viven en la casa de sus padres (o no hicieron el trámite de cambio de domicilio) y tienen trabajo formal, ¿impiden que sus padres cobren el IFE si cumplen los requisitos?

 

Si tenemos en cuenta que esos padres cumplen con todos requisitos (tienen menos de 65 años; no tienen trabajo registrado y no cobran jubilación, pensión, seguro de desempleo o un plan social; no son monotributistas categoría C o superior; son argentinos o residentes legales por dos años ), la convivencia con los hijos (o que no hayan hecho el cambio de domicilio) no impediría el cobro. Si los hijos son mayores de 18 no cuentan en el grupo familiar.

 

Si miramos al revés, es decir, si focalizamos en los jóvenes, el caso tiene algunos grises. Si viven con sus padres y ellos tienen trabajo formal, puede impedirle a esos jóvenes el cobro. Depende de cómo esté asentada esa persona en los registros de Anses. Si tienen dudas, pueden pre-inscribirse para cobrar el IFE siguiendo el cronograma de acuerdo al número de documento y la Anses revisará el caso.

 

2- ¿Los monotributistas sociales cobran?

 

Sí, les corresponde el beneficio. Van a cobrar los $10.000 de emergencia si cumplen el resto de los requisitos de los ingresos en el grupo familiar (ver abajo el detalle).

 

3- ¿Qué pasa si las personas tienen deuda de AFIP?

 

Van a cobrar aunque tengan deudas con AFIP. Es importante tener en cuenta que luego de 9 meses consecutivos de la cuota mensual impaga, la AFIP da de baja automáticamente al contribuyente para que no se sigan generando deudas, así que es importante no estar dado de baja.

 

4- Si son residentes con menos de dos años pero tienen hijxs nacidos en argentina, ¿corresponde?

 

No, tiene que tener al menos dos años de residencia.

 

5- Si una persona del hogar tiene un trabajo no registrado pero alguno cobra una pensión o jubilación, ¿cobra?

 

No, los requisitos lo impiden.

A quiénes les corresponde

Trabajadores y trabajadoras informales.
Trabajadores y trabajadoras de casas particulares.
Monotributistas sociales.
Monotributistas de las categorías A y B.

 

Requisitos

 

Ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal en el país no inferior a 2 años.
Tener entre 18 y 65 años de edad.
Que el titular o su grupo familiar no tenga ingresos provenientes de:
Un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado;
Ser monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos de una prestación de desempleo
De jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
De planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales

 

El IFE es compatible con el cobro de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación por Embarazo y el programa Progresar.

 

Trámite

 

Se realiza únicamente completando un formulario por internet.

Una vez finalizada la preinscripción, ANSES analizará la información y podrá solicitar datos complementarios, por ejemplo, una cuenta bancaria para el pago.

Quienes cobran Asignación Universal por Hijo o por Embarazo no deben completar el formulario ya que van a cobrar automáticamente si cumplen los requisitos.

 

Cuándo completar el formulario

 

Viernes 27 de marzo: DNI terminados en 0 y 1
Sábado 28 de marzo: DNI terminados en 2 y 3
Domingo 29 de marzo: DNI terminados en 4 y 5
Lunes 30 de marzo: DNI terminados en 6 y 7
Martes 31 de marzo: DNI terminados en 8 y 9

 

Es importante que se respeten los días de inscripción y no hacerlo por fuera de los días asignados.

 

 

Fuente: Minuto Uno

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