Mundo Inmobiliario: ¿Cuáles son los intereses punitorios que se pagan por mora?

Es una de las consultas más frecuentes por parte de las personas que alquilan una propiedad. En esta columna, la corredora inmobiliaria Maria Bower describe cada uno de los detalles a tener en cuenta y evitar así tener que pagar de más por la renta del inmueble. 

 

¿Qué son los intereses punitorios? ¿Cómo es el manejo del plazo de pago para saber cuándo corresponde pagarlos o cuándo no?

 

Cuando pagamos un mes de alquiler, estamos pagando la utilización del inmueble que rentamos, desde el día 1 hasta el día 30 o 31 de cada mes. Ese es el periodo de utilización, lo que comúnmente llamamos “mes de alquiler”.

 

Para hacer efectivo el pago de ese mes de alquiler, el contrato que firmamos establece un plazo de pago: es una cantidad de días dentro de los cuales debemos hacer entrega del dinero. Normalmente los contratos de alquiler determinan que el plazo de pago sea desde el día 1 al día 5 de cada mes, o desde el día 1 hasta el día 10 de cada mes.

 

¿Qué pasa si el día que ese plazo vence, cae como día no laborable o como día feriado? Pues bien, la ley establece que nuestro plazo se extiende automáticamente hasta el día hábil inmediato posterior. 

 

Por ejemplo, debemos pagar el alquiler hasta el día 10, pero ocurre que el día 10 cae domingo. Entonces, de manera automática, nuestro plazo de pago queda extendido hasta el día lunes 11. ¿Y si el lunes 11 también fuera feriado? Entonces podemos hacer nuestro pago el día martes 12.

 

Los intereses punitorios comienzan a aplicarse desde el mismo momento que no efectuamos el pago dentro del plazo previamente acordado. ¿Y cómo se calculan? Desde el primer día del mes.

 

Es decir que si nosotros, en mora, decidiéramos pagar el alquiler el día 15 del mes, no nos van a aplicar sólo 5 días de intereses punitorios (entre el 11 y el 15), sino que nos van aplicar punitorios por cada uno de los 15 días, es decir, todos los días corridos entre el primer día del mes y el día que finalmente hemos pagado.

 

Es muy importante tener en cuenta esta modalidad de pago de punitorios para evitar confusiones y sobre todo, para cuidar los plazos de pago que se acuerdan en un contrato, porque son la esencia del compromiso que se asume en una operación de alquiler de un inmueble.

 

 

Ante cualquier duda respecto a este u otros temas del Mundo Inmobiliario, te recordamos que podés ponerte en contacto con María Bower Propiedades para que nos pongamos de inmediato a tu servicio.

 

¡Hasta la semana que viene!

 


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