Especialista misionera promueve debate legislativo para crear un marco jurídico eficaz de prevención de dengue en el país y zonas de frontera

A partir de una investigación realizada durante cinco años, concluyeron que es prioritario avanzar en el desarrollo de un marco jurídico eficaz para prevenir el dengue, y una de las acciones es avanzar en el debate de un proyecto de Ley nacional que regule la producción y comercialización de repelentes. «En la Argentina aún faltan unas 50 normas jurídicas que se debieran generar o modificar, pero lo más urgente es avanzar en la regulación de acceso a repelentes«, explica en una entrevista la abogada Nancy Tognola, docente universitaria en carreras de grado y posgrado de la Universidad Católica de Santa Fe, UNaM y Universidad de Buenos Aires (UBA).

 

La profesional coordina desde hace 5 años diversos esfuerzos para lograr aplicar los resultados de la investigación que realizaron algunas ONGs y Universidades de Argentina y Paraguay sobre el  “Marco jurídico integral de prevención de dengue en América Latina”, y además del análisis jurídico, presentará una propuesta integral.

 

La Dra. Tognola fue reconocida en 2019 “Personalidad Destacada de la Ciudad de Posadas” por el Cuidado del Ambiente y aporte de acciones para el Desarrollo Sustentable, por el Concejo Deliberante de la ciudad.

 

¿Hasta ahora se insiste en que la prevención del dengue depende de los vecinos que deben limpiar sus hogares; pero se podría con nuevas  leyes ayudar a prevenir el dengue?

 

Hay que partir de la base que el dengue es una enfermedad que actualmente no tiene una vacuna eficaz y que la forma de prevención es básicamente evitar el criadero de larvas del vector; cuando esto fracasa y debemos enfrentar los mosquitos adultos, hay que evitar sus picaduras con hábitos individuales de uso de repelentes, selección de horarios de exposición, uso de determinadas ropas; cuando hay brotes con grado de alerta máxima epidemiológica, hay que tomar medidas extraordinarias para evitar la propagación como sucedió hace poco en una localidad de la provincia de Córdoba, donde se suspendió el recital de un famoso cantante, por “la declaración de emergencia regional de dengue”.

 

Por lo tanto, para lograr estos objetivos es necesario un abordaje integral que no depende exclusivamente de las áreas o ciencias de la salud sino de otras áreas y otras disciplinas como las Ciencias Jurídicas.

 

La prevención de dengue no solo depende de la sociedad, que claramente debe mantener limpios sus hogares e inmuebles, pero también por parte del Estado  se debe generar un marco jurídico eficaz con una adecuada divulgación, además de otras acciones de educación ambiental y prevención de salud.

 

Justamente, uno de los mayores problemas es el incumplimiento de las leyes por parte del ciudadano; hay una sensación que sobran leyes. Por ello, lo que proponemos es abordar la necesidad de un marco jurídico que abarque un conjunto de normas jurídicas (no solo leyes); también decretos, ordenanzas, resoluciones de carácter nacional, provincial, municipal, departamental y regional que deben generarse o modificarse.

 

En estos cinco años de investigación ya hemos identificado cuáles son.

 

Por otro lado, hay que señalar que precisamente gran parte de las leyes probablemente no se cumplen debido a que no dan respuestas adecuadas a los problemas que buscaron solucionar, o  gran parte de ellas no están reglamentadas y en la mayoría de las provincias de la Argentina o de otros países, hay un problema más básico aún: no se sabe con rapidez qué leyes están vigentes, problema que no lo tiene Misiones, o sus municipios, que ya cuentan con un sistema de recopilación de leyes actualizado como es el Digesto Jurídico.

 

Regulación para un acceso justo

 

¿Cuáles considera serían las normas jurídicas más urgentes de desarrollar?

 

En la investigación realizada, identificamos 50 normas jurídicas de necesario desarrollo pero dada la situación actual de amenaza extrema por los casos de los países vecinos, y el nivel médico que se registran en algunas ciudades de Argentina, es necesario priorizar, y la más urgente sería la regulación eficaz del acceso de la población a los repelentes; por lo que esta sería la normativa más urgente que se debe avanzar.

 

Parece sencillo, pero en la Argentina, no lo es.  El dengue no escapa a todos los problemas que padece el país; entonces aquí se ponen de manifiesto problemas fundacionales nacionales y de América Latina en general como la desigualdad en el desarrollo de regiones, la falta de políticas diferenciadoras para zonas de contextos de frontera, la falta de continuidad de procesos de educación, la falta de articulación eficaz del Estado, el sector científico y empresario, el predominio de monopolios y tantos otros temas.

 

La regulación eficaz del acceso a los repelentes requiere superar todos estos problemas, especialmente el de la conveniencia ética, para que se eviten los monopolios en productos requeridos en situaciones de emergencia.

 

La investigación que realizamos nos permitió hacer el estudio comparado de los repelentes autorizados en los distintos países de América Latina y poder comprobar, por ejemplo, que en Paraguay existe un listado de cuarenta y cinco (45) aprobados frente a los menos de cinco (5) de Argentina; estos mercados imperfectos claramente encarecen el producto, por eso, si hay una real voluntad política de corregirlos se puede avanzar en normas jurídicas que hasta podrían permitir que la Argentina y países del Mercosur lideren la producción de repelentes y productos con la misma finalidad.

 

¿Qué normas jurídicas son necesarias para el acceso a repelentes en la Argentina?

 

Dos tipos de normas: unas que cubran la situación de emergencia que puede dictar el Poder Ejecutivo Nacional en forma inmediata. Otras que son de corto y mediano plazo como una Ley Nacional de Fomento de Producción Sustentable de Repelentes. Dada la amenaza extrema que tienen varias provincias de Argentina, es necesario que el Estado nacional asuma gastos extraordinarios que garanticen la distribución gratuita de repelentes a los más vulnerables bajo la idea que son medicamentos o, para evitar debates, “asimilables” a medicamentos e incluirlos en otros Programas de salud de emergencia para redoblar los canales de distribución a los ya existentes de los otros Programas referidos al dengue.

 

Al mismo tiempo, es necesario que la venta libre en supermercados y farmacias tenga una especial regulación, ya sea mediante programas de Precios Cuidados u otras medidas que subvencionen los precios en Ciudades de frontera.

 

También son importantes las medidas extraordinarias que puedan generar obras sociales como la buena medida de la obra social de empleados de la provincia de Misiones (IPS) que permite la reducción sensible del precio de los repelentes; pero no se puede recargar por siempre al Estado o  debilitar a las obras sociales por eso es necesario que el Estado se ocupe solamente de dictar una ley nacional de fomento de la producción sustentable de repelentes con múltiples actores que generarán precios competitivos.-

 

¿Cuándo presentarán el proyecto de Ley Nacional de Producción de Repelentes?

 

El próximo 25 y 26 de marzo presentaremos el proyecto en las ciudades de Posadas y en Encarnación; buscamos ser una base de consultas para los actores múltiples que involucra una ley con este objetivo: colegios de farmacéuticos, de ingenieros agrónomos, cámaras empresarias, investigadores de temas afines, extendiendo también a las personas que tienen problemas de piel por el uso de repelentes. Luego de esta presentación, están previstos sucesivos talleres para abordar los distintos enfoques de esta materia.

 

Una problemática de frontera

 

¿Por qué no se hace desde el Congreso Nacional un proyecto de ley con este alcance?

 

Es una temática compleja que forma parte de un sistema, de un marco jurídico de prevención de dengue. No se puede legislar en forma aislada este tema sin tener un cabal estudio del marco general de la problemática del dengue.

 

Las primeras muertes por dengue en Argentina, y especialmente en Buenos Aires, demuestran que no hay más margen para la improvisación, para el tratamiento de temas sin idoneidad en la materia en el país; aquí, creemos que se  requiere de una articulación con soporte científico entre el Estado y la Sociedad y más que nada del enfoque realista y regional que tenemos los investigadores que vivimos en contextos de frontera.

 

Un ejemplo de este trabajo, articulado con responsabilidad, puede ser resultado de la Ley Nacional de Fomento de Producción Sustentable de Repelentes que confiamos que los legisladores de frontera liderarán su aprobación.

 

EP / PE

 

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