Para ser alcanzados por la cautelar que retrotrae las cuotas de los planes de autoahorro, se deberá iniciar el juicio contra los administradores

El Juzgado Federal de Posadas emitió el viernes un fallo que ordena a las automotrices a retrotraer el valor de las cuotas de los planes de ahorro para la compra de vehículos 0km que se hayan suscripto antes de abril del 2018, al valor que tenían en aquel momento e ir actualizando luego con el índice del aumento salarial. Para ser alcanzado por esta cautelar los ahorristas que no hayan iniciado juicio contra los administradores de los planes, deberán iniciarlo en un plazo de 20 a 30 días, de lo contrario podría para ellos caer la cautelar.

Según explicó el director de Defensa del Consumidor de Misiones, Alejandro Garzón Maceda, el argumento principal del fallo que establece el juzgado, es que “el valor de los vehículos aumentó muy por arriba de cualquier índice que uno tome para calcular una variación del valor real. Ni dólar, ni la inflación, ni los salarios, todos los aumentos son más bajos de lo que subió el precio del auto”. Además argumentó que se toma el valor de salario como el elemento que tiene en cuenta el consumidor, a la hora de anotarse en un plan de ahorro.

La otra limitación del fallo es la jurisdicción. El Juzgado Federal Civil y Comercial de Posadas alcanza al departamento Capital, Apóstoles, Concepción de la Sierra y Candelaria. Se espera que en breve se haga la misma presentación en la Zona Centro y la Zona Norte.

Son alcanzados por la cautelar todas las personas que hayan iniciado un juicio contra sus administradores. En caso de que el ahorrista todavía no lo haya iniciado deberá hacerlo en un plazo de 20 a 30 días, mediante un abogado y en el juzgado federal de Posadas. En caso de que algún ahorrista no quiera ser alcanzado por la cautelar, por ejemplo porque ya ha iniciado por su cuenta un juicio y prefiere seguir por ese proceso, tendrán 10 días hábiles para concurrir al Juzgado Federal de Posadas y solicitar a través de un trámite administrativo y sin abogado, la exclusión del fallo.

Alejandro Garzón Maceda – Radio Libertad

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