Mala noticia para el sector turístico: Macri le quitó 4.000 millones de pesos para pagar deuda

Según se publicó en el Boletín Oficial, el ejecutivo Nacional a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia, dispuso que distintos organismos del Estado deberán constituir una «aplicación financiera gratuita» a favor del Tesoro Nacional, por no poder hacer frente a diversos gastos, en medio de una de las peores crisis económicas de la historia desatada en la era Macri. El Instituto Nacional de Promoción Turística (cuyo presidente es el secretario de Turismo de la Nación, Gustavo Santos) se verá perjudicado en cuatro mil millones de pesos.

 

Aún no se conoce la actitud que tomará la Cámara Argentina de Turismo y las entidades que la integran, y ya con nuevo presidente electo, teniendo en cuenta que esta decisión perjudica a todo el sector privado, a las provincias, a los municipios y a los cientos de miles de empleos directos e indirectos que genera la actividad, resaltó en un comunicado la Comisión de Turismo del Frente de Todos, quien repudió la medida.

 

La Comisión de Turismo del Frente de Todos repudió a través de un comunicado el Decreto de Necesidad y Urgencia, efectuado un día después de las elecciones, en el cual el gobierno nacional aprobó en reunión de Gabinete de Ministros modificaciones presupuestarias para el resto del año, «a efectos de su instrumentación, dispónese la emisión de un pagaré del Gobierno Nacional al Instituto Nacional de Promoción Turística, por un monto valor nominal de 4000 mil millones de pesos».- Lo curioso es que dicho pagaré tendrá como fecha de emisión el 13 de diciembre de 2019 y de vencimiento el 12 de marzo de 2020 (cualquier similitud con una burla no es pura coincidencia).

 

Cabe destacar además que el DNT (impuesto que pagan los usuarios destinado a la promoción turística) «voló» para pagar servicios de la deuda. Es importante repasar la Resolución 766 del 21 de octubre pasado.

 

 

Otro punto preocupante es que el Art 21 capítulo IV Inprotur dice que: “En caso que exista remanente presupuestario no utilizado luego de cerrado el ejercicio anual, el mismo integrará automáticamente el presupuesto del año siguiente. Este excedente será considerado Intangible para todo fin no relacionado con los objetivos del Instituto Nacional de Promoción turística”.

 

El efecto inmediato del congelamiento de los fondos es que no se pueden planificar acciones promocionales para, como mínimo, el primer trimestre de 2020. Lo cual paraliza la gestion de arranque del próximo gobierno y las acciones en las principales ferias internacionales de comienzos del año próximo.

BOLETIN OFICIAL- Presupuesto- Decreto 740/2019

Establécese que el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, y el INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA, actuante en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, deberán constituir una aplicación financiera gratuita a favor del TESORO NACIONAL por PESOS SESENTA Y CINCO MIL MILLONES ($ 65.000.000.000), PESOS OCHO MIL CIEN MILLONES ($ 8.100.000.000), PESOS CINCO MIL QUINIENTOS MILLONES ($ 5.500.000.000), PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS MILLONES ($ 4.200.000.000) y PESOS CUATRO MIL MILLONES ($ 4.000.000.000), respectivamente.

A efectos de su instrumentación, dispónese la emisión de:

UN (1) Pagaré del Gobierno Nacional al INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA por un monto de VALOR NOMINAL PESOS CUATRO MIL MILLONES (V.N. $ 4.000.000.000).

Dichos pagarés, tendrán las condiciones que a continuación se detallan:

Fecha de Emisión: 13 de diciembre de 2019.

Fecha de Vencimiento: 12 de marzo de 2020.

Moneda: PESOS ($).

Amortización: Íntegra al vencimiento.

Opción de Cancelación Anticipada: El emisor podrá cancelar anticipadamente los Pagarés emitidos.

Forma de Cancelación: Los pagos al vencimiento se cursarán a través del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA.

A fin de suscribir la documentación necesaria para la emisión de los pagarés dispuesta por el presente artículo, se autoriza en forma indistinta al Secretario de Finanzas o al Secretario de Hacienda, ambos dependientes del MINISTERIO DE HACIENDA, o al Subsecretario de Presupuesto, dependiente de la SECRETARÍA DE HACIENDA de dicho Ministerio.

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