FAIMA y USIMRA cerraron nuevo acuerdo salarial para los trabajadores de la industria de la madera

En la modificación, reemplazaron el 6% de aumento acordado en mayo para el trimestre de octubre a diciembre, por dos puntos importantes que entienden benefician a los empleados y los empresarios: abonarán una suma fija no remunerativa y de carácter extraordinario de $6.375 de septiembre a noviembre de 2019, las que se liquidarán en tres cuotas mensuales de $ 2.125 cada una, debiéndose realizar su efectivo pago en forma quincenal en la suma de $ 1.062,50 cada una. El acuerdo, incluyó el pago del bono de 5 mil pesos por Decreto N°665/2019, que será abonado en 5 cuotas de mil pesos, de carácter no remunerativo.

Los alcances del nuevo convenio salarial, que deberá ser homologado por el Ministerio de Trabajo de la Nación, fueron confirmados por la Unión de Sindicatos de la Industria de la Madera de la República Argentina (USIMRA) y la Federación Argentina de la Industria de la Madera y Afines (FAIMA).

El secretario general del SOIME (Delegado Zona Norte en Misiones), Domingo Paiva, dijo que el mecanismo de ajuste del acuerdo de fecha 09 de mayo de 2019 quedó vigente de esta manera. “Si bien el acuerdo cerrado no alcanza, considerando la inflación actual del país que genera una permanente pérdida del poder adquisitivo del trabajador, la realidad es que tenemos entendemos que esto es lo que se puede hacer en este contexto. Estamos en diálogo con los empresarios, y ante el escenario miramos la importancia de mantener las fuentes trabajo”, sostuvo el sindicalista.

El gremio maderero tiene una cláusula de convenio de revisión de paritaria cada tres meses. “En paritarias iremos revisando la situación según la situación de los próximos meses”, explicó en diálogo con ArgentinaForestal.com.

 

En Misiones, sin cierres ni despidos

En Misiones, no se registrarían cierres de industrias ni despidos masivos, aseveró Paiva ante la consulta: «No, no tenemos despidos en la industria maderera en la provincia, hay un gran esfuerzo por sostener la situación, ajustar donde se puede. La verdad que desde el SOIME reconocemos y destacamos el gran esfuerzo de los trabajadores madereros y sus familias, ya que a pesar de la difícil situación en la provincia, mantienen la paz social con la esperanza siempre de que mejoren las condiciones”, dijo Paiva.

Por otro lado, a los empresarios de la industria maderera les estaba costando hacer frente a la actualización salarial, y ahora se sumó el bono de 5000 pesos impuesto por decreto del gobierno de Mauricio Macri. “Los empresarios tienen otros recursos para sostenerse, que el trabajador no, pero también desde su lugar tienen mucha presión y están enfrentando las complejidades económicas del contexto que vive todo el país”, sostuvo el sindicalista.

 

Detalles de la modificación del acuerdo de mayo

Según el documento publicado por la USIMRA, se actualiza el mecanismo de ajuste del acuerdo de fecha 09 de mayo de 2019 de la siguiente manera:

Para los meses de Septiembre, Octubre y Noviembre de 2019 se abonará una suma fija no remunerativa y de carácter extraordinario de $ 6.375 (pesos seis mil trescientos setenta y cinco) la que se liquidará en tres cuotas mensuales de $ 2.125 (pesos dos mil ciento veinticinco) cada una, debiéndose realizar su efectivo pago en forma quincenal en la suma de $ 1.062,50 (pesos un mil sesenta y dos con cincuenta) cada una.

En diciembre, se agregaría al salario el 6% establecido.

Estas sumas tendrán incidencia sobre los rubros SAC, enfermedad, accidente de trabajo, vacaciones, feriados, horas extras, jornada nocturna y licencias convencionales, debiéndose liquidar como no remunerativo por el período que correspondiere.

La asignación no remunerativa pactada en sus distintas etapas generara exclusivamente el cumplimento de las obligaciones para con los aportes y contribuciones de la Obra Social de la Industria de la Madera (OSPIM).

Como así también los previstos en el art.32 y 32 bis y art. 21 (Cuota Sindical) del CCT 335/75. 2do.

Como un beneficio extraordinario, en el ámbito del decreto 665/2019 del bono y por aplicación y alcance del artículo 1ro. del mismo, deberá pagarse $ 5.000 (pesos cinco mil) en 5 (cinco) cuotas iguales y consecutivas de $ 1.000 (pesos un mil), cada una a ser abonadas de la siguiente manera: la primera cuota, conjuntamente con la segunda quincena del mes de Septiembre de 2019; la segunda cuota, conjuntamente con la segunda quincena del mes de Octubre de 2019; la tercera cuota, conjuntamente con la segunda quincena del mes de Noviembre de 2019; la cuarta cuota, conjuntamente con la segunda quincena del mes de Diciembre de 2019 y la quinta cuota, conjuntamente con la segunda quincena del mes de Enero de 2020.

Las sumas mencionadas no serán pasibles de retención alguna. Los pagos en cuotas correspondientes a los $ 5.000 (pesos cinco mil), deberán figurar en los recibos de sueldo con el ítem “pago decreto 665/2019”.

 

 

 

 

Por Patricia Escobar 

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