La Legislatura aprobó por unanimidad la ley de Emergencia Alimentaria en Misiones

Con el voto afirmativo del pleno de los diputados, la Legislatura provincial aprobó este jueves la ley que declara la Emergencia Alimentaria en la provincia por el término de 24 meses, con el objetivo de establecer políticas y estrategias para garantizar, con carácter urgente, el Derecho a la Alimentación, la Seguridad Alimentaria y Nutricional de la población en situación de vulnerabilidad, entendiendo por tal a los grupos de atención prioritaria.

Abrió la lista de oradores el presidente de la Comisión de Salud y Seguridad Social, Oscar Alarcón por la renovación quien agradeció la presencia en el recinto de ministros del Ejecutivo y el titular del IPS y vicegobernador electo Carlos Arce, para referirse específicamente a los indicadores sociales y el deterioro evidente de la situación social por la que atraviesa la Argentina, destacando las leyes aprobadas por la Legislatura provincial en materia de salud pública e inclusivas, haciendo hincapié en los índices de mortalidad infantil y neonatal como las  más bajas en la provincia.

A renglón seguido, el autor del proyecto, conjuntamente con sus pares del bloque del PAyS, diputado Martín Sereno, agradeció la presencia organizaciones sociales y movimientos populares en el re cinto dio las gracias al presidente de la Comisión por el dictamen pidiendo que, “así como el diputado Alarcón se apropió de este ley que todos se apropien de esta ley”, para enfatizar que, “no puedo celebrar que estemos aprobado una ley de emergencia alimentaria” y  fustigo al Gobierno nacional con cifras de pobreza e indigencia, desocupados y cierre de puestos de trabajo ara explicar que la emergencia es por dos años porque “va a ser difícil salir por eso por dos años”.

Por el interbloque Cambiemos, fue el diputado radical Javier Mela quien tomó la palabra para adelantar el  acompañamiento al proyecto y lamentar que “vivimos en emergencia” mencionando el decreto del ex presidente Eduardo Duhalde de 2002, lamentando que estas crisis se dan an la Argentina cíclicamente para pedir terminar con las emergencias y “parir una nueva argentina, sin emergencias” cada diez o doce años.

Considera la ley como Seguridad Alimentaria y Nutricional a la garantía de que los individuos,
las familias y la comunidad en situación de vulnerabilidad, accedan a alimentos inocuos y nutritivos, producidos principalmente en el territorio provincial y en los grupos de atención prioritaria: incluye niños, niñas y adolescentes, mujeres embarazadas y lactantes, adulto mayor, personas con discapacidad y población que vive en condiciones precarias y considera que el derecho a una alimentación adecuada es el que permite acceder en todo momento a alimentos adecuados, inocuos y nutritivos con pertinencia cultural, de manera que puedan ser utilizados adecuadamente para satisfacer sus necesidades nutricionales, mantener una vida sana y lograr un desarrollo integral. Este derecho humano comprende la accesibilidad, disponibilidad, uso y estabilidad en el suministro de alimentos adecuados.

Se crea además, el Programa Provincial de Seguridad Alimentaria y Nutricional en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social, la Mujer y la Juventud, del Ministerio de Salud Pública y de la Secretaría de Estado de Agricultura Familiar, con el objeto de promover el ejercicio del derecho humano a la alimentación, garantizando los requisitos nutricionales a la población en situación de vulnerabilidad.

Se destaca entre los objetivos el de completar los requerimientos nutricionales diarios, necesarios para un adecuado crecimiento, desarrollo y cuidado de todo ciudadano en situación
de vulnerabilidad, incrementar las partidas presupuestarias destinadas a comedores y
merenderos escolares y comunitarios acorde a los índices de la inflación y  garantizar para cada hogar el acceso a una Canasta de Alimentos de la Economía Popular con una periodicidad mensual, respetando los aspectos nutricionales, culturales, regionales y de producción.

Asimismo, propone abordar la nutrición desde la promoción de la salud y prevención de enfermedades, promover en cada comedor y merendero, la realización periódica de controles nutricionales y antropométricos obligatorios a niños, niñas y adolescentes y mujeres embarazadas, así como dispositivos de consejería nutricional, educación y promoción en materia de nutrición y hábitos saludables de alimentación.

Implementar huertas comunitarias para producir alimentos en los merenderos y comedores que poseen el espacio adecuado para tal fin. La Secretaría de Estado de Agricultura Familiar debe brindar capacitación en la materia y está facultada a celebrar convenios con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria y otras instituciones, a los fines del funcionamiento de las huertas comunitarias y abastecimiento de los insumos necesarios.

EP/E.J.

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