Quien maneje en Posadas tomando mate puede recibir multas de hasta 27 mil pesos

El Director de Tránsito y Control de la Municipalidad de Posadas, en una entrevista televisiva, dijo que los inspectores pueden multar a quienes conduzcan tomando mate, comiendo o fumando y desató la polémica. Lo cierto es que hay una ordenanza que implica este tipo de casos y establece multas de hasta 27 mil pesos para quienes conduzcan sin usar ambas manos.

 

Para el Director de tránsito y control de la Municipalidad de Posadas, Gastón Acosta, es fundamental que las personas tomen conciencia y se capaciten. Señaló que no se deben hacer concesiones a las normas, sino cumplirlas y eso incluye algunos comportamientos culturales como beber mate, mientras maneje por la alta peligrosidad en caso de accidentarse.

 

Marco legal de la Ley Nacional de Tránsito

 

La Provincia de Misiones, en su Ley XVIII – N.° 29 (Antes Ley 4511), establece en el artículo 1° que “la Provincia de Misiones adhiere, en cuanto no se opongan a las disposiciones de la presente, a las Leyes Nacionales N.os 24.449 y 26.363”. La primera se corresponde a la Ley Nacional de Tránsito y la segunda a su modificatoria que crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Misiones adhiere a estas leyes “sin reservas”, lo que significa que adhiere a la Ley y a sus reglamentaciones.

 

Dentro de la Ley Nacional (la 24.449) se establecen en el artículo 39° las “Condiciones para Conducir”, dentro de las cuales figura, entre otras cosas, que los conductores deben “conducir con ambas manos sobre el volante de dirección, excepto cuando sea necesario accionar otros comandos. El conductor no debe llevar a su izquierda o entre sus brazos ninguna persona, bulto o animal, ni permitirá que otro tome el control de la dirección”.

 

En el artículo 39 de la Ley de Tránsito establece que se debe conducir siempre con ambas manos en el volante de dirección.

 

Es en base al artículo 39° de la Ley Nacional de Tránsito es que se desprende la interpretación de que tomar mate, fumar o comer mientras se conduce no está permitido, ya que cualquiera de estas acciones imposibilita el empleo de ambos brazos para la conducción, sin embargo esta Ley no establece penas ni multas.

 

La normativa local

 

Miguel Ángel Acuña, concejal de Posadas y presidente de la comisión de Tránsito y Transporte del Concejo Deliberante, especificó que “acá no hay nada nuevo, lo nuevo y lo que tal vez habrá querido expresar Acosta, es que ahora se va a empezar a controlar lo que ya dice la Ley”.

 

Héctor Barboza, ex Director de Tránsito de Posadas.

 

Respecto  a las sanciones que le pueden caber a quienes infrinjan esta Ley, contó que “el Municipio está adherido a este decreto de adhesión de la Provincia, entonces por eso se exige acá en Posadas lo mismo que se exige a nivel Nación. Sin embargo, Posadas tiene su autonomía, prueba de ello es el “alcohol 0”, que a diferencia del 0,5 permitido por la Ley Nacional de Tránsito, acá la tolerancia es 0 en cuanto a cantidad de alcohol en sangre a la hora de conducir”.

 

No obstante, la ordenanza XVI número 17 “RÉGIMEN DE PENALIDADES PARA INFRACCIONES DE TRÁNSITO”  no habla específicamente de multas por conducir tomando mate, comiendo o fumando, pero sí establece en su artículo 6°, las faltas medias, dentro de la cual se fija una multa por “conducir con una sola mano y la multa podría ascender al valor de  500 litros de la más barata nafta premium, aproximadamente 27 mil pesos.

 

La ordenanza XVI – 17 establece las multas por infracciones de tránsito.
Respecto a esto, un especialista en tránsito contó que “La Ley de Tránsito dice en el artículo 48 que está prohibido el uso de dispositivos que distraigan, con relación a la tecnología. No habla del mate, de comer ni de fumar” y agregó que “como el tránsito no es una cuestión delegada de la Nación a las provincias, sino todo lo contrario, hay lugares dentro del país que está prohibido manejar tomando mate, pero no es el caso de nuestra ordenanza local”.

 

El concejal Acuña fue tajante “la Ley es clara, ya que no está para que el inspector o el policía interprete como él quiere. La Ley positiva está para ser cumplida, no opinada” y estableció que esta polémica se termina “desde el momento en que la Ley dice que está prohibido manejar con ambas manos, o con dispositivos de comunicación”. 

 

Esta apreciación es la que compartió Rubén Tamis, Técnico en Seguridad Vial y aclaró que si bien la norma no establece puntualmente la prohibición de tomar mate mientras se conduce, sí fija que se deben utilizar ambas manos. Lo cual imposibilita tomar mates, comer o fumar sin recurrir en la falta.

 

¿Realmente se aplican estas multas?

 

Lo cierto es que, según contó la jueza Balbachan del Tribunal de Faltas 3, los inspectores de Posadas no son habitués en la impartición de actas de infracción por tomar mate mientras se conduce. Esto puede deberse a que tanto el mate y el tereré, son elementos muy arraigados culturalmente y suelen estar presentes en cualquier paseo. No obstante, esto no quita que dentro de las recomendaciones de seguridad vial se aconseje explícitamente no tomar mate al momento de la conducción.

 

Según consignaron desde la Escuela Municipal de Tránsito, en los cursos teóricos y prácticos para la obtención del carnet de conducir, los profesores hacen especial hincapié en que no es seguro tomar mate, fumar ni comer mientras se conduce ya que demora el tiempo de reacción ante cualquier eventualidad y puede derivar en un siniestro.

 

DL/EP

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