En el marco del curso de capacitación realizado este martes en el Centro de Capacitación del Superior Tribunal de Justicia (STJ) a cargo del juez, especialista en Derecho Penal Juvenil, Elbio Ramos, el juez correccional y de menores de Posadas, César Jiménez, en diálogo con Misiones Online destacó la importancia de debatir estos temas de los delitos penales cometidos por menores para avanzar hacia un régimen penal juvenil actualizado.
Para el juez Jiménez “tenemos que tener la certeza de que es un procedimiento especial, no es lo mismo que la del adulto que no significa impunidad. El niño, el adolescente que comete un delito penal a los 16-17 años obviamente está dentro de un régimen penal. Actualmente lo tenemos en las leyes 22.278 y 22.803 que datan de hace 30-33 años”, para recordar que actualmente está en el Congreso nacional un proyecto con el que se da la posibilidad de que haya una modificación y “haya un régimen penal juvenil actualizado, siempre dentro de los estándares internacionales que significa siempre dentro de la Convención, de las reglas y de todo lo que significa lo convencional donde Argentina es país signatario”.
Sobre la edad de imputabilidad, el magistrado precisó que, “el proyecto de ley de la Presidencia enviado al congreso comienza con bajar la edad a 15 años. Es discutible, es materia opinable, en particular estoy en contra porque no podemos pensar en un régimen penal juvenil actualizado sobre la base de bajar la edad. El Comité Internacional de los Derechos del Niño que tiene su sede en Ginebra que es el que hace las observaciones y aclaraciones de la Convención dice que en todos los países donde hay edad mínima no puede bajarse ésta, es una prohibición internacional”.
También se refirió el juez correccional y de menores a los lugares de detención, afirmando que “el único lugar de detención que tenemos en Argentina es una unidad carcelaria, la famosa UP4 que es una cárcel de menores. Todo esto también es anti convencional, vulnera lo que todos los estándares internacionales nos obligan, porque debemos tener un lugar de detención Adecuado a la Convención Internacional de los Derechos del Niño, no podemos pensar en que el adolescente que comete un delito tiene que tener el mismo tratamiento que el adulto a la hora de esta encerrado. Esta es una materia todavía pendiente en la provincia de Misiones y por ejemplo no tenemos unidades de atención y contención de mujeres menores que cometen ilícito penal. Una mujer de 16-127 años que comete un ilícito penal no tiene un lugar donde ser contenida o tratado su problema”.
La mediación como una alternativa
Por su parte el titular del Centro Judicial de Mediación del STJ, José Luis Montoto se refirió al proyecto de mediación penal que está en estudio en la provincia de Misiones como ya se realiza en otras provincias, orientado a generar una alternativa a la sanción penal.
“La mediación en justicia penal juvenil es una herramienta que se está tratando de incorporar en la provincia de Misiones, que ya está vigente en muchas jurisdicciones del país y que fundamentalmente se orienta a generar una alternativa como única respuesta de parte del Poder Judicial, eso significa que estamos mirando más a la transformación del conflicto que a la sanción. Cuando nosotros hablamos de justicia restaurativa lo que tratamos es de darle voz a la víctima y también darle la posibilidad de dar una respuesta inteligente al sistema” explicó el titular del Centro Judicial de Mediación.
Agregó que la sanción penal está asociada a todo delito, “cada vez que hablamos de delitos hablamos de una sanción penal, ahora la diferencia trascendente es que hablamos de niños, niñas y adolescentes donde la respuesta penal tradicional debería tener una alternativa y precisamente la mediación es una alternativa”.
Sobre la edad de imputabilidad, Montoto sostuvo que “las respuestas legislativas deben estar adecuadas al entorno que se manejan, es una opinión que está en la zona donde debe ser analizada y debatida que es precisamente el Congreso donde se dan las respuestas consensuadas a los efectos de que la sociedad tenga después a disposición las herramientas que hacen que el poder judicial implemente las políticas de estado”.
EP/E.J.