La AFIP anuló el formulario 8001 para hoteleros y gastronómicos: ahora los controles serán electrónicos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) derogó la obligación de requerir y archivar la declaración jurada generada a través del formulario 8001 cada vez que emitan una factura “A” a restaurantes y alojamientos.

 

La medida se implementó hoy a través de la Resolución General 4520, publicada en el Boletín Oficial, mediante la cual se deroga el formulario que consistía en una declaración jurada en papel a presentar y archivar en oportunidad de pagar un servicio de gastronomía o alojamiento contribuyendo al proceso de desburocratización que se viene desarrollando.

 

A partir de hoy, la entidad realizará dichos controles utilizando la facturación electrónica que permite un control sistemático, oportuno y sin afectar las actividades comerciales de los contribuyentes. Los restaurantes y hoteles que emitan facturas o notas de crédito y débito “A”, por las operaciones que tienen restricciones en el cómputo del crédito fiscal, deberán emitirla electrónicamente a través del servicio web de AFIP “Comprobantes en línea”, o bien facturando a través de un sistema propio usando un “webservice”.

 

Si la operación a facturar tiene un importe neto (sin considerar el IVA) mayor o igual a $10.000, también podrán emitirse los comprobantes clase “A” alcanzados por el régimen a través de un controlador fiscal de nueva tecnología. Este límite de 10 mil pesos del importe neto gravado se actualizará por semestre (enero y julio de cada año) tomando el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). La primera actualización será en enero de 2020.

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