Final feliz: rescataron al gato que fue maltratado por dos menores y los padres serán citados por la Justicia

Ayer se viralizó  el video de las dos nenas que en compañía de una persona mayor maltrataban a un pequeño gato en Capiovisiño, pero gracias al rápido accionar de un grupo proteccionistas en conjunto con la Policía de Capioví el animal fue rescatado y se encuentra recuperándose. Además tanto los padres de las menores fueron citados a declarar.

Las imágenes de las menores maltratando y golpeando a un gato en compañía y bajo la mirada de un adulto causó indignación en toda la población y eso fue lo que permitió que en conjunto con la policía logren rescatar al indefenso animal.

Ahora resta que el pequeño se recupere y que la Justicia actúe para que estos casos dejen de ocurrir.

¿Cómo actuar ante un caso de maltrato animal?

La Ley 14.346 (1954) de “Protección de los animales” establece penas para las personas que maltraten o hagan víctimas de actos de crueldad a ciertas especies de animales y los reprime con prisión de quince días a un año. Al tratarse de una norma penal toda persona mayor de 18 años puede realizar la denuncia y los oficiales de la ley deben actuar de oficio ante un caso, tienen la obligación de hacerlo. Denunciar un acto en el que se maltrata o violenta a otro ser no es sólo una obligación sino un derecho cívico, por eso el compromiso es fundamental.

¿Cómo? La denuncia puede realizarse por escrito o en forma oral, en este caso el representante de la justicia deberá entregar al denunciante una copia de la denuncia que realizó y que debe firmar. Debe ser penal y no una exposición civil.

¿Dónde?  Dirigirnos a la comisaría de la zona para denunciar formalmente el delito, si no quieren tomarla debe recordarle al policía que como funcionario público es su OBLIGACIÓN tomar la denuncia por violación a una Ley Penal Nacional como es la 14.346. No acceder a realizar una “EXPOSICION CIVIL”. Como ciudadanos tenemos obligación de denunciar ilícitos. 2. HACER DENUNCIA por violación a la LEY PENAL NACIONAL 14.346 de Protección al Animal (si puede llévela impresa): Pedir fotocopia del Acta de denuncia siempre.

¿Quién puede hacer la denuncia? Como se trata de un delito de Acción Pública, la denuncia puede ser efectuada por cualquier mayor de 21 años que haya tomado conocimiento de los hechos de maltrato. Dirigirse con DNI o cédula en mano a la comisaría o la Fiscalía más cercana al lugar de los hechos.

Importante: describir bien el hecho al momento de la denuncia para saber de qué delito se trata. Dar detalle del lugar y momento en que ocurrió y en caso de conocer el nombre del denunciado, su apodo, sus señas particulares y/o domicilio, u otro dato relevante, debe brindarlo para facilitar la información. En caso de haber testigos también debe brindarse sus nombres y éstos deben declarar.

 

EB

 

 

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