Posadas adhirió por ordenanza a la Ley Provincial de Firma Digital

Este jueves, el Concejo Deliberante de Posadas convirtió en ordenanza el proyecto presentado por el Bloque de ediles del Frente Renovador, por la cual se adhiere el Municipio a la Ley Provincial II N°20 de Firma Digital (antes Ley N°4449), lo que permitirá no sólo agilizar los trámites y mejorar la eficiencia en las tareas administrativas.

A través de esta norma se otorga la misma validez jurídica a los documentos firmados digitalmente que a aquellos firmados de manera hológrafa (a mano sobre papel impreso), que a su vez se complementa con un sistema de registro y seguridad garantizado por la criptografía asimétrica.

Una vez que esta ordenanza sea promulgada, tanto el Departamento Ejecutivo Municipal, como la Justicia de Faltas y el propio Concejo Deliberante podrán implementar y hacer uso de la firma digital en todos los ámbitos, avanzando en el proceso de digitalización de trámites, documentos y expedientes.

“Esta iniciativa es de suma importancia, porque no sólo simplifica el recorrido de cada trámite administrativo o expediente, dado que no es necesario imprimir y esperar a que firmen en una determinada oficina o despacho para que pase a otro, dado que se podrá hacer de manera simultánea, sino que además facilita los procesos cuando se deben firmar decenas o cientos de documentos”, explicó el presidente del Bloque Renovador, Manuel Sánchez, y agregó que “es un beneficio directo para los vecinos, dado que se agilizan los procesos”.

En este sentido, el director de Recursos Humanos de la Municipalidad de Posadas, Camilo Mohr, indicó que “el 99% de los documentos nacen de manera digital, luego se imprimen y ahí comienza el recorrido según el tipo de trámite o gestión, con la digitalización de la firma, estos documentos ya no tendrían necesidad de ser impresos, lo que significa además de lo que se gana en gestión y reducción en los tiempos, ahorro en tinta, papel, insumos y no tener que contar con archivos físicos para ir conteniendo todo el material documental”.

Otro de los aspectos positivos es que se puede avanzar incluso en los trámites y expedientes cuando los responsables de la firma no estén presentes, dado que igualmente podrán rubricarlo de manera digital.

La firma digital es una herramienta que permite garantizar la autoría e integridad de los documentos digitales, con procedimientos técnicos de creación y verificación que respaldan el valor legal de las firmas siendo estas infalsificables pero también innegables.

“Es fundamental para nuestro municipio haber sancionado de esta ordenanza, y una vez que se reglamente permitirá seguir avanzando con el proceso de digitalización de todos los organismos municipales y generar así mejor tiempo de respuesta y más eficiencia hacia los vecinos, completando además la modernización del estado comunal”, concluyó el titular de la bancada renovadora Manuel Sánchez.

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