AFIP simplificará presentación y abono del impuesto sobre la renta financiera

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el ente recaudador explicará los procedimientos al momento de rendir las cuentas.  

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementará dos nuevos mecanismos opciones para simplificar la presentación y el pago del impuesto sobre la renta financiera surgido de la reforma tributaria. El ente recaudador recordó que el impuesto se aplica a los intereses obtenidos por más de $ 66.917,91.

El impuesto, creado por la ley 24.730 y reglamentado por los decretos 976 y 1170 del 2018, determina una alícuota del 5% para las rentas generadas en moneda nacional sin cláusula de ajuste y del 15% en divisas.

 

Modalidades

La primera de las modalidades está dirigida a los ahorristas que hayan percibido hasta $200.000 de rentas el año pasado, esttos podrán generar un volante electrónico de pago (VEP) en cuatro pasos sin la necesidad de presentar una declaración jurada.

La segunda opción regirá para todos los contribuyentes y consiste en una declaración jurada simplificada en la que solamente se deberá declarar cada tipo de inversión en forma abreviada. Por ejemplo, en un solo renglón se informarán los rendimientos del año 2018 de todos los plazos fijos que pueda haber tenido un contribuyente.

Esta última alternativa, que resultará muy útil para aquellos ciudadanos que tengan una gran cartera de inversiones, se podrá utilizar desde el 27 de este mes, una vez publicada la respectiva resolución general.

La tercera, ya vigente, es la declaración jurada convencional del impuesto, en la que los contribuyentes deberán incluir en forma detallada cada uno de los rendimientos que obtuvieron el año pasado. En este caso, para facilitar la presentación, la AFIP precargará en forma automática todos los datos disponibles en la opción “Nuestra parte” en la página web del Organismo.

 

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