Array

Para la abogada Roxana Rivas la cuestión de género atraviesa a toda la sociedad y especialmente a los poderes del Estado

La abogada que se ocupa de casos que tienen que ver con violencia de género y femicidios, Roxana Rivas, sostuvo en los estudios de Misiones Online TV que las cuestiones de género atraviesan todas las áreas de la sociedad y pidió formación y capacitación en áreas del Estado y el Poder Judicial a quienes recurren las mujeres cuando enfrentan estos problemas de violencia, como los casos de María Ovando, Victoria Aguirre, Lucía Maidana y otros en los que tuvo y tiene intervención.

“Desde las causas que debimos intervenir hemos ensayado en este tratamiento interdisciplinario porque consideramos que esta cuestión de género atraviesa todas las áreas de la sociedad, del Estado y especialmente algunas áreas requieren una formación, una capacitación especial en esto porque es a la que recurren las mujeres cuando están en problemas como la Justicia y la Policía o aquellas en la que caen las mujeres cuando muchas veces como la Justicia Penal.

Agregó que el Poder Judicial “es uno de los poderes más fuertes del Estado porque es el que tiene menor visibilidad, menos control, sobre todo en nuestra provincia, podemos decir hasta el más impune en sus decisiones. Desde nuestra experiencia, hemos tenido fuertes experiencias en cuestiones de género, en el caso de María Ovando, Victoria Aguirre, Lucía Maidana, que es otro de los casos que están impunes, en estos casos nos costó mucho llegar al Poder Judicial sin que diera una respuesta de que la perspectiva de género no es hoy una excepción sino es una obligación que tiene. Lo imponen las leyes y los tratados internacionales a los que hemos suscripto como país y como provincia.

Caso Lucía Maidana

Sobre un sospechoso que fue detenido por otros caso similares, Rivas comentó que “en su momento hubo un chico que fue detenido en Corrientes, creo que fue ese caso, pero según lo que hemos podido averiguar, porque hubo una fuerte expectativa a partir de esa detención, no coincidían las muestras de ADN así que fue descartado. Sigue siendo un desconocido (el verdadero femicida), si bien se sabe ciertamente que se tiene las muestras de ADN no se sabe la identidad y se sabe también que cometió otros delitos de abuso sexual en la ciudad.

Abuso, violación, acoso

La abogada también precisó el alcance de los términos, abuso, acoso y violación en el lenguaje judicial y el discurso público, “a veces los términos del Código Penal no se representan bien en el discurso público, pero en general cuando hablamos de abuso, en términos generales abuso sexual, se incluye cuando hablamos discursivamente y desde un lenguaje de genero a todo tipo de avance sobre la integridad sexual, eso implica que cuando uno dice abuso sexual gravemente ultrajante estamos hablando de violación también. Se utiliza esa palabra en general porque siempre hay abuso, lo que pasa es que dentro de las formas de abuso a veces hay violación, a veces acoso sexual, a veces simplemente tocamientos u otros tipos de acciones que atentan contra la integridad sexual, pero cunado en términos de lenguaje de genero hablamos de alguna falta o agravio a la sexualidad, siempre es un abuso”.

“Si vamos al plano penal tenemos otras figuras porque de ahí dependen las sanciones penales que se tengan, una violación, lo que eso implica, que también fue evolucionando con el tiempo, antes para que calificara como violación debía haber penetración y la penetración siempre era la clásica, no se consideraba por ejemplo el sexo oral o alguna otra forma de penetración, hoy sí y eso es una construcción jurisprudencial que después se refleja en la ley, implica cualquier tipo de acceso carnal, eso es un avance en lo que es la cuestión  penal. En el lenguaje de genero el abuso tiene todas estas implicancias, uno puede sentirse abusado desde cualquiera de esos lugares”.

Abuso deshonesto – contrasentido

Al consultarla por si no resulta un contrasentido el denominado jurídicamente abuso deshonesto consideró que, “nuestros códigos no se van modernizando ni se van aggiornando. El abuso es abuso, ahora, cuando se dice deshonesto se quiso decir tal vez en su momento para darle una característica del abusador o sea el abuso deshonesto cometido por una persona que tendría que tener algún tipo de conducta esperada sobre la víctima y abusa de esa condición para obtener un resultado deshonesto, pero en términos reales sigue siendo abuso, se agrava cuando el abusador tiene determinadas características, algún tipo de poder sobre la víctima, alguna relación de familiaridad o si convive con la madre, si es pariente, pero bueno son palabras.

Femicidio

Aclaro la abogada que la figura del femicidio no está incorporada como una figura penal, “es una palabra que fue impuesta por los movimientos feministas, de lucha de las mujeres en general, son palabras que tienen un fuerte contenido simbólico, ahora en nuestro Código Penal no aparece la palabra femicidio, es un homicidio agravado y nuestro CP habla del agravamiento que tiene que ver con la cuestión de género, el crimen que se realiza por la condición de género de la víctima que es el mismo agravante si se lo hace por la cuestión vinculada a la raza, al credo, a la orientación sexual y demás, es un agravante más, pero la palabra no aparece es una construcción también que tiene además un fuerte condimento simbólico que también es necesario explicarlo, sobre todo en los casos que hemos tenido de femicidio no fue fácil imponer”.

Ejemplifico refiriendo al caso de Lucía Maidana aclarando que está caratulado como “homicidio calificado, por la alevosía y demás, pero como no tenemos un sospechoso fuerte y ojo con el vínculo porque no necesariamente tiene que haber un vínculo sentimental que es lo que nos decían en el juzgado, no sigan diciendo que es un femicidio porque entonces es como decir que la mato el novio, cuando en realidad no tiene que ver con  eso es mucho más complejo porque lo que estamos analizando cuando hablamos de femicidio es que el victimario mata a esa mujer por su condición de ser mujer, porque para él el hecho de ser mujer las hace menos valiosa, menos respetable o la odia por ese hecho o cree tener el derecho de matarla o descartarla”.

“Entonces es una condición que tiene más que ver con el victimario. En estos casos cuando no hay vínculo, no es el novio, porque cuando es el novio, la ex pareja es más fácil decir esto es claramente un femicidio, es la consecuencia de una seguidilla de actos de violencia y deviene en femicidio, pero en otros casos es más complejo entonces ahí es importante, por ejemplo, las pericias que se hacen sobre el victimario. En el caso de Lucía Maidana las pericias sobre el primer sospechoso daban que tenía una condición fuertemente misógina, entonces si hubiera coincidido el ADN hubiera sido fácil agravar su condena por esa condición porque podemos prever que por sus características de personalidad es un sujeto con un gran desprecio por las mujeres, pero como no fue el caso él no es, según el ADN, el matador. Todavía no sabemos quién es tendríamos que analizarlo en su momento. Por las características del crimen, por la ferocidad claramente estamos hablando de un femicidio, pero en términos procesales estas son las cosas que hay que tener en cuenta.

Caso Antonella

Consideró interesante conocer la declaración de sospechoso del femicidio de Antonella, “más allá del vínculo previo, porque insisto, no podemos reducir el femicidio a que tuvieron un vínculo sentimental o amatorio, pero en este caso en particular y desde la lectura que se hace desde la declaración no sé si al periodista o la declaración indagatoria, lo que se pudo ver ahí es que más allá de querer victimisarse es una estrategia legal. Sus palabras son palabras que están estratégicamente dichas, probablemente estaba asesorado para eso para justamente quitar el agravante, porque lo que está queriendo es despegarse de la intencionalidad para poder tener a lo mejor un a pena menos grave, decir que esto fue un homicidio ara cubrir otro delito, lo que podría ser un homicidio ´criminis causa´ que fue accidental una preterintención, que hubo un acto de violencia pero no intención de matarla, apunta más para ese lado. Creo que en esto debe haber algún asesoramiento para ir instalando su acción, porque sabemos también que es fuerte la presión social cuando es un crimen de este tipo y muchas veces la estrategia legal es ensuciar a la víctima, porque esto es lo que están buscando, o poner en duda su honorabilidad y por el otro lado despegarse de este agravante que sería la cuestión de género, la violencia o el vínculo”.

EP/E.J.

LA REGION

NACIONALES

INTERNACIONALES

ULTIMAS NOTICIAS

Newsletter

Columnas