Caso Emiliano Sala, hablemos jurídicamente

El 21 de Enero, Emiliano Sala un joven futbolista, tuvo un accidente aéreo en el Canal de la Mancha (Europa) donde perdió  la vida junto al piloto ( aún sin ser encontrado). El trágico episodio conmocionó al mundo del deporte, que luego de intensas búsquedas, finalmente se confirmó lo peor: el fallecimiento del deportista.

Como era de esperarse, ahora se empiezan a evaluar diferentes   interrogantes: ¿Cuáles fueron los hechos verdaderamente? ¿Quiénes son los culpables? ¿A quién le corresponde responsabilidad? . Estos disparadores, son fundamentales para determinar el enfoque de la responsabilidad legal y las eventuales indemnizaciones de los seguros que pudieren corresponder, cotos, indemnizaciones, entre otras variantes.

Es habitual ámbito deportivo   suscribir pólizas de responsabilidad para cubrir daños causados a uno o varios futbolistas del plantel profesional. Lo interesante es que en general, se suscriben  seguros comúnmente conocidos como de “hombre clave”, destinados a los jugadores más destacados del plantel que protege al club en caso de perjuicio provocado por la imposibilidad del futbolista de jugar, ya sea por lesión o por un siniestro. Pero extraña  vez son firmados seguros de vida ( es apropiado mencionar que estos seguros están calculados con base en el precio de compra del jugador y en su valor de mercado).

Viene al caso comentar brevemente cuál era la situación contractual del Jugador Argentino. Sala acababa de ser transferido de Nantes (Club de la Liga francesa)  a Cardiff City (Club de la Premier Inglesa),  con éste último había firmado hace poco más de dos semanas  una operación de 17 millones de euros. ¿Cuál es la regulación de FIFA (Federación Internacional de Fútbol Asociados) en estos casos?: La regulación la encontramos en el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de FIFA, el cual reglamenta que la única manera en que un Jugador Profesional pueda firmar un nuevo contrato, es necesario que FIFA haya expedido el CTI (Certificado de Transferencia Internacional) a través del ITMS( International Transfer Match System, Sisitema Internacional de Transferencias). El CTI es un certificado, que atento al sistema FIFA, habilita al profesional a brindar sus servicios a un nuevo club y entrenarse de forma exclusiva con él. En el caso de SALA, este proceso ya había ocurrido ( CTI expedido, contrato firmado). Toda transferencia que no responda a este procedimiento es irregular, sin valor deportivo.

Entonces el contrato es válido desde el momento en que es declarado en el sistema informatizado de ITMS, por lo tanto el Cardiff City debería abonar el monto del pase (pactado en tres cuotas, que según trascendió, no fueron abonadas aún). Según trasciende, no existiría un seguro de vida contratado, lo cual la familia no tendría acceso al mismo. Como aclaración, es preciso diferenciar lo comúnmente conocido como la operación de “pase” (dinero que se giran los clubes) y el monto contractual que corresponde al jugador como salario.

Cabe recordar que en materia deportiva, la rescisión o “ruptura” que el Cardiff pudiera hacer del contrato firmado con Sala (como estrategia de evitar abonar el monto pactado) es anti reglamentaria (ruptura no justificada) y contraria a lo establecido por FIFA, convirtiéndose en un acto ilegal y generando responsabilidades indemnizatorias aún más gravosas para el club.

La investigación del caso la llevan en conjunto los servicios de inteligencia ingleses y franceses, y será determinante la evaluación del audio de whatsApp enviado por Emiliano a sus allegados minutos antes de viajar y sobre todo, los informes que la investigación privada provea a la causa. Se esperan peritajes en el avión, una vez que sea reflotado de los 67 metros bajo el agua donde se encuentra.

En medio del trámite judicial, Nantes y Cardiff se disputan el valor del pase, pues el club Inglés se somete a posibles sanciones por parte de la Federal Association Inglesa y la FIFA en caso de no abonar monto total en los plazos y modos acordados (quita de puntos, sanciones en ventana de fichajes, multas, etcétera).

 

Consecuencias inesperadas

Luego de que el hecho tome estado público,  el club mallorquín CF Platges de Calvià, de la Tercera División de Baleares, anunció oficialmente que acudirá a la FIFA para reclamar los conocidos  «derechos de formación» por EMILIANO SALA. Este derecho es el porcentaje que le corresponde a todo club por el hecho de haber “preparado deportivamente” a un futbolista en su etapa de juventud.

Sucede que cuando el delantero argentino tenía 17 años fichó por el club Soledad en la temporada 2006-2007, luego de una  década, cuando Sala ya jugaba en la Ligue 1 francesa, esa entidad y otra llamada Club Deportivo Montuiri fueron absorbidos por el CF Platges de Calvià (actual demandante).

Si observamos los fundamentos del reglamento FIFA, el supuesto que nos ocupa queda comprendido dentro del artículo Nº 25, por lo cual el club tendría derecho a reclamar una suma cercana a USD 20 mil (monto aproximado  calculado en base a las disposiciones de FIFA).

El presente reclamo es independiente con el caso del siniestro aéreo del jugador, pues aquí se buscará acreditar si el jugador estuvo fichado en Mallorquín y en caso de estarlo por cuánto tiempo (plazos más breves, diferentes regulaciones, etcétera). Todo este procedimiento es administrativo, en FIFA.

Los directivos del club interesado comunicaron que esperarán un “Acuerdo económico” de Nantes y Cardiff City, antes de iniciar actuaciones.

La resolución del caso sin dudas será un punto de inflexión jurídica (entiendo que marcará precedentes, e inclusive modificaciones en las exigencias de seguridad de traslado de deportistas) social y personal (para la familia de las víctimas), puesto que una vez esclarecidos los hechos, se identificarán los responsables y quién deba hacerse cargo de las indemnizaciones y el pago correspondiente. Ahora bien, el derecho que todo quiere abracar, escapa a situaciones de tal angustia. El deporte debe ser disfrute y no lamentaciones.

*Carlos Adolfo García.  Abogado UCSF

Fuentes

Página FIFA. Reglamento. 2019

https://resources.fifa.com/image/upload/regulations-on-the-status-and-transfer-of-players-2018-2925437-2925438.pdf?cloudid=yugtvcyydgtthvwj9jpv

https://es.fifa.com/about-fifa/who-we-are/official-documents/#fifa-laws-regulations

Diario deportivo IUSPORT.

https://iusport.com/art/80060/el-caso-emiliano-salas-imperfeccion-del-traspaso

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