El destituido intendente de Fachinal pasó la noche en la Municipalidad y el Ministro de Gobierno aclaró que todavía hay plazos que cumplir hasta tanto se expida el STJ

José Rafael Aguirre fue destituido ayer como intendente de Fachinal en una sesión especial del Concejo Deliberante. En la misma reunión se acordó quien sería su reemplazo, el concejal Miguel Ángel Benítez. Anoche Aguirre se atrincheró en el edificio Comunal  y se niega a dejar su cargo. Sobre el tema el ministro de Gobierno de Misiones, Marcelo Pérez explicó que todavía hay plazos que cumplir hasta tanto se expida sobre el tema el Superior Tribunal de Justicia de Misiones, tal como lo establece la Ley de Municipalidades, que rige para estos casos ya que Fachinal no tiene Carta Orgánica.

Marcelo Pérez en FM Show.

 

 

La situación es la siguiente. El Concejo Deliberante destituyó ayer al intendente Aguirre y dispuso que en su reemplazo vaya Miguel Ángel Benítez. Aguirre se instaló en la comuna y pasó la noche allí.  Hoy incluso la policía está en el lugar pero según Pérez con el único propósito de que velar por la seguridad de todos los ciudadanos.

 

Respecto a cómo se explica que el destituido intendente siga en la Comuna, explicó que como Fachinal no tiene Carta Orgánica se rige por la Ley de Municipalidades. La ley provincial XI –Nº 5 (ex ley 257) establece en su artículo 144 que la sanción será efectiva cuando se venza el plazo para presentar la apelación del imputado o cuando se expida el Superior Tribunal de Justicia sobre el caso.

 

A continuación el artículo mencionado:

ARTÍCULO 144.- Declarada la sanción al Intendente, la misma solo se hará efectiva una vez que fuera confirmada por el Superior Tribunal de Justicia o vencido el plazo para plantear el conflicto de poderes o apelación pertinente.

 

Pérez en diálogo con FM Show indicó que si un ciudadano o funcionario comete un delito tiene que pagar. Sobre los pormenores de la investigación que realizaron los ediles sobre supuesta malversación de fondo y 20 acusaciones más, dijo no conocerlas en particular, pero advirtió que los procesos administrativos como legales siguen su cuso.

 

En este caso teniendo en cuenta también lo que dice el artículo 154 y 156, Aguirre estaría esperando los plazos que la ley establece y hasta tanto eso no ocurra, se entiende que su salida del Ejecutivo de Fachinal, no se efectivizará por ahora.

 

Una vez cumplidos los plazos ya cuando haya una sentencia- del STJ que corresponde o no la destitución – quedará firme y ahí si asumiría el concejal que fue designado para reemplazarlo: Miguel Ángel Benítez

 

A continuación los artículos anteriormente mencionados:

ARTÍCULO 154.- Oídas las partes y acumuladas las pruebas, el Superior Tribunal de Justicia dictará sentencia dentro de los treinta (30) días contados a partir de su intervención. Los miembros del Superior Tribunal de Justicia responderán personalmente cuando excedan el plazo establecido.

 

ARTÍCULO 156.- El Intendente Municipal, el Presidente de las Comisiones de Fomento, o cualquier Concejal que hubiere sido destituido o impedido de entrar en el desempeño de su cargo, podrá promover juicio al Concejo dentro de los cinco (5) días de notificado el hecho y éste deberá ser resuelto por el Superior Tribunal de Justicia dentro del plazo determinado en el Artículo 154. El Superior Tribunal de Justicia dictará sentencia en exclusivo mérito de las constancias y pruebas producidas en las actuaciones labradas por la Comisión Investigadora, salvo caso de pruebas ofrecidas y denegadas o no producidas por culpa atribuible a la Comisión Investigadora, en cuyo supuesto y a pedido de parte el Superior Tribunal de Justicia podrá ordenar su producción.

 

Pérez dijo que la presencia policial es para velar por el orden social y para que la Municipalidad siga funcionando, hasta tanto se resuelva la cuestión. “La Municipalidad debe funcionar”, aclaró.

 

 

GS

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