Fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación establece que el 2 x 1 no es para condenados por delitos de lesa humanidad

Por cuatro votos contra uno la Corte Suprema de Justicia determinó que no se aplicará el beneficio del 2×1 para los condenados por delitos de lesa humanidad, en respaldo a la ley sancionada el año pasado. La única posición disidente fue la del presidente Carlos Rosenkrantz, que considera que la ley 27 362 es inconstitucional.

 

Se trata del segundo fallo del máximo tribunal sobre esta cuestión, tras la controversia que se generó en 2017 cuando avalaron este beneficio para el represor Luis Muiña, que estaba libre al momento de la resolución y que luego volvió a la cárcel, después de que la Cámara de Casación revocara su sobreseimiento.

 

 

En esta oportunidad los ministros del máximo tribunal eligieron el caso de Rufino Batalla, el represor condenado a 12 años de prisión por su participación en el centro clandestino La Cacha. Al igual que Muiña, Batalla también reclamó que se le computara el beneficio del 2×1.

 

Hasta el lunes por la tarde había mayoría de tres votos declarando la constitucionalidad de la ley con los respaldos de Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. En la previa el extitular de la Corte y Maqueda habían votado en contra del fallo anterior, mientras que Rosatti había pedido una ley específica al Congreso, que es la que ahora validó el máximo tribunal.

 

 

En la noche del lunes Elena Highton de Nolasco se habría comunicado con Rosatti para sumarse a su voto y así validar la ley 27 362, que excluyó de la aplicación del 2×1 a los condenados por delitos de lesa humanidad. Finalmente el exministro de Justicia votó a favor de la nueva norma.

 

Para Rosatti el debate sobre la aplicación del beneficio para los delitos de lesa humanidad necesitaba la sanción de una «ley interpretativa» por parte del Congreso, carencia que no podía ser suplida por el juez.

 

En el nuevo fallo el magistrado consideró que la aplicación de la ley 27 362 en la causa no viola ningún estándar internacional en materia de derechos humanos, ya que la pena a Batalla fue dispuesta por juicio justo y previo a la aplicación de la ley aclaratoria el propio condenado tuvo oportunidad de ejercer su defensa.

 

En el fallo anterior Rosenkrantz y la vice Highton de Nolasco avalaron el criterio del 2×1 en el caso Muiña, mientras que Lorenzetti y Maqueda se expresaron en contra.

 

Semanas atrás, a poco de que se conociera que el máximo tribunal había seleccionado el caso de Batalla, el Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de La Plata dispuso su excarcelación, después de que el represor cumpliera las dos terceras partes de su pena. Batalla fue condenado a 13 años de prisión por su actuación en el centro clandestino de detención La Cacha y entre los crímenes que se le imputaron está el de Laura Carlotto, la hija de la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo Estela de Carlotto.

 

La ley 27 362, sancionada en mayo del 2017, determina que el cálculo del 2×1 «no es aplicable a conductas delictivas que encuadren en la categoría de delitos de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra, según el derecho interno o internacional».

 

Establece además que el cómputo de penas de 2×1 «será aplicable solamente a aquellos casos en los que el condenado hubiere estado privado de su libertad en forma preventiva durante el período comprendido entre la entrada en vigencia y la derogación de aquella ley», es decir entre 1994 y 2001.

 

FUENTE TN

GS

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