Caso Santa Cruz: para su abogado, ella llegó a juicio por una «construcción mediática» que influyó sobre los jueces

El abogado Eduardo Paredes, quien representa a Rocío Santa Cruz, enjuiciada por un homicidio culposo en accidente de tránsito, destacó que el fallecido tenía ocho veces más de alcohol en sangre que lo permitido. Dudó que tuviera el casco puesto, y contó que el que se encontró en el lugar no estaba homologado. También indicó que para él la moto no tenia las luces traseras. Y con respecto al abandono de la acusada del sitio donde se produjo el hecho, expresó que no agrava la situación penal de su defendida y que eso es más bien una obligación cívica.

Siete testigos están citados para el próximo martes en el marco del juicio por “homicidio en accidente de tránsito” que se le sigue a la abogada y ex Miss Argentina Rocío Santa Cruz (33). Entre ellos están los médicos forenses que le practicaron la autopsia al cuerpo de la víctima, Ramón “Topo” Cabrera, y la bioquímica que llevó adelante la proyección retrospectiva que determinó que al momento del choque la acusada tenía 1,45 gramos de alcohol en sangre.

Fiscal de la causa: María Laura Alvarez

Además, comparecerá otro automovilista que pasó por el lugar del impacto, la avenida Quaranta casi Zapiola, casi al momento del hecho. Incluso llegó a estar en la mira de los investigadores porque se sospechó al inicio de la pesquisa que pudo haber participado del accidente.

Completan la lista los policías que, por estar de turno esa mañana, la del 31 de enero de 2016, intervinieron.

En el debate, Santa Cruz es asistida por los abogados Eduardo Paredes y José Luis Rey. El primero, en declaraciones con Radio Libertad, sostuvo que su cliente es víctima de un tipo de “violencia de género” y comparó el acoso mediático que supuestamente sufre con lo que pasó “con Victoria Aguirre y María Ovando”.

Paredes, como en la primera audiencia del debate oral, cargó las tintas contra la víctima, por el estado de ebriedad que presentaba al ser atropellado. Dijo que tenía ocho veces más de alcohol en sangre que el permitido y que no tenía todas las medidas de seguridad requerida para circular. Puntualmente, dudó de que tuviera el casco puesto y afirmó que el protector no estaba homologado. También sostuvo que hay indicios de que la moto no tenía luces traseras.

El abogado consideró que Santa Cruz terminó en el juicio por una “construcción mediática”. Sostuvo que las publicaciones periodísticas influyeron sobre los jueces que trabajaron en el caso.

Sobre el test de alcoholemia que le dio positivo, opinó que es imposible determinar si estaba ebria o no al momento del accidente, y en cuanto a la acción de la acusada, de abandonar el lugar del siniestro, dejando en ese sitio a la víctima, consideró que «eso no agrava nada en esta época, puede ser una obligación cívica si es que ella advirtió lo que pasó, pero no tiene nada que ver con el tema penal, porque hay muchas personas que se presentan después”, indicó.

Asimismo explicó que en el año 2015 se modificó el Código Penal Argentino y se agregaron en el artículo 59 inciso 6, tres causas de lo que se denomina extinción de acción, es decir, la desaparición del poder del Estado de llevarte a juicio que son: la conciliación, el principio de oportunidad y la reparación integral, “si realmente hubiesen tenido mala la fe, podrían haber consignado el primero y plantear la reparación integral y el caso se terminaba”, dijo.


Eduardo Paredes, abogado de Santa Cruz (Radio Libertad)

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